Gracias @lam00
por tus palabras. Entonces, a ver si te he entendido bien. Te dieron el alta, te comunicaste con tu empresa, pediste la revisión y hasta que te la hicieron y te dieron los resultados, pasaron 45 días hasta que empezaste a trabajar. Mientras tanto, ¿reclamaste la denegación de IP? Imagino que esos 45 días te pagó tu empresa de forma regular, ¿verdad? Gracias.
Hola, hoy al levantarme he visto que han finalizado mi expediente. Ahora a ver qué me dice la empresa. Esther, ¿tú has llegado a trabajar ó fuiste directamente a pedir la baja por otra patología? Entiendo que si es otra patología, cuenta como baja nueva.
Hola Krispy, sí que van rápido... Descansa todo lo que puedas y te deseo que todo se resuelva lo mejor posible. En mis expedientes administrativos, ¿cómo te aparece ahora? Gracias.
Depende del grado que se haya concedido al dependiente, porque si es el 1, sólo cotiza por la mitad del SMI, perdona, que se me olvidó este matiz. El grado 2 y 3 sí que es el 100% del SMI. ¿Cuál es su caso?
Pues te cuento más, si su trabajo no fuera a jornada completa ó no llegara a cobrar el SMI, sí cotizarían la parte correspondiente hasta llegar al mínimo. Porque hay personas que si no cumplen los requisitos, sólo son nombrados cuidadores no profesionales, pero no cotizan.