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Participaciones del usuario Narcis_reyerta

Narcis_reyerta 04/12/20 11:53
Ha respondido al tema Coca Cola European Partners (CCEP): seguimiento de la acción
Las acciones de CCEP en el mercado continuo español no tienen doble retención.Yo cobré ayer en ING el dividendo con la retención del 19% y me pilló de sorpresa, pensaba que el dividendo estaba cancelado para todo 2020.Se lo podrían haber ahorrado y usar este dinero para la compra de la embotelladora de Oceanía.
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Narcis_reyerta 24/11/20 16:04
Ha respondido al tema Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
Hola soyayuso, encantado de volver a leerte por aquí.Respecto a TRE: Si estuvieses dentro, a que rango de precios saldrías aprovechando el rebote de estos días? No tengo prisa por vender, llevo un paquete pequeño pero con un roto importante y tengo claro que no voy a recuperar la inversión, pero me interesa para compensar plusvalías.
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Narcis_reyerta 18/11/20 22:26
Ha respondido al tema Minusvalias con venta parcial
Mil gracias. Ahora me cuadran más cosas de las que he ido leyendo estos últimos días.La norma antiaplicación es para una segunda compra, por lo tanto el hecho de 1) comprar en NYSE y luego 2) vender toda la posición con pérdidas no requiere de ningún plazo de tiempo porque no hay ni segunda compra, ni recompra ni nada. Por lo tanto se puede deducir la pérdida. Claro, y yo pensando que tenía que aguantar la posición 1 año... Ya me parecía tremendamente injusto.Lo de comprar ADRs y "saltarse" la norma lo había leído también y esto si que me ha quedado claro. Entiendo que al ser dos ISIN diferentes, fiscalmente son dos activos diferentes.No me acostaré sin saber una cosa más. Mil gracias Bacalo!
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Narcis_reyerta 18/11/20 15:10
Ha respondido al tema Minusvalias con venta parcial
Mil gracias por tu rápida respuesta Bacalo.La regla de los dos meses la cumplo sin problema, aún vendiendo hoy mismo las acciones. Mi pregunta estaba más orientada a si hay diferencia entre venta parcial o total, por lo que entiendo no la hay. Una última pregunta (ya aprovechando el hilo). Con acciones del NYSE (o acciones que cotizan fuera de un mercado de la Unión Europea), entiendo que exactamente lo mismo, pero en vez de dos meses, 1 año? Es decir, usando tu propia respuesta: "Se aplica la misma norma en ambos casos, las hayas comprado antes o después en esa ventana de 12 meses alrededor de la venta."Lo digo porque entonces para una simple operación de compra + venta, habría que dejar pasar un año entre la compra y la venta para poder compensar minusvalías, no?Muchas gracias!
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