Pues si. Hay personas que disfrutan con eso. Son los llamados "hater" que insultan o envían mensajes vejatorios contra otra persona bajo seudónimos o en el anonimato que es la forma mas fácil de insultar o criticar.Además el hater cree que jamás se sabrá quien se esconde bajo ese anonimato.Y nadoa mas lejos de la realidad. Actualmente hay muchas formas de investigar quien se esconde detrás de un perfil en las redes sociales aunque no aparezca ningún dato información o fotografía de las personas.Además es querellable por un delito de injurias (insultos). Además los jueces consideran que con tres insultos es un delito de acoso más grave que el de injurias .La libertad de expresión en Internet está protegida por la Constitución, pero no quiere decir que no exista un límite a esta libertad. La opinión siempre es libre, pero la difamación no lo es.Hay personas que confunden la libertad de expresión con el insultar y el hablar mal en redes sociales, pero esto no es una crítica u opinión, es difamación.Las críticas y opiniones están amparadas por la libertad de expresión, pero los insultos o comentarios vejatorios, humillantes y ofensivos no, ya que pueden ser injurias que atentan contra el honor y la dignidad personal
Se corre el riesgo de que los beneficiarios al percibir una renta mínima pierdan el interés por encontrar trabajo y salir de su situación de pobreza o por otro lado que al encontrar un trabajo prefieran mantenerlo en la economía informal para no perder o ver reducida su prestación . La prestación no es un fin en si misma.Y ésto para complementar lo manifestado por poesíadeluna . Y hasta que no entre en las "cabezas " que ya aseguro yo que no va a entrar porque cuando hay dinero de por medio a mi dame pan y dime tonto, Habrá fraude en la prestación . Porque ésta es la situación de muuuuuchos.Tanto es así que al Gobierno a petición del Ministerio de la SS (conscientes de ésto porque de tontos no tienen ni un pelo ) le tocó sacarse de bajo de la manga el RD de incentivos al trabajo . Para sacar a flote la economía sumergida .
Hay cuatro formas de consultar el padrón. La más sencilla es dirigirte al Ayuntamiento de tu localidad. En línea, algunas localidades permiten esta opción a través de la web del Ayuntamiento, en el Registro Civil, y algunas localidades se ofrece este servicio en las oficinas de Correos.
A ver si te dijeron que está aceptada, es porque lo está .Te veo algo confuso con lo del padrón.El "histórico" recoge todos los lugares en los que tú has estado empadronado. ( ej. en casa de tus padres, donde te fuiste a vivir cuando te casaste, etc ,)El "colectivo" las personas que hay empadronadas en el domicilio que tú has designado como domicilio de la unidad de convivencia .En mi comunidad, se expide en dos documentos distintos .