tal vez te puedas esperar a darte de alta más adelante. Quiero decir puedes tener esos ingresos como ingresos a cuenta y que te los facturen a final de año todos que será cuando te des de alta e inicies la actividad realmente.
Cuando el vehículo se usa a título particular y de empresa como máximo se puede deducir el 50% en el IVA tanto del renting como de gastos de gasolina, mantenimiento, etc. Eso es lo usual en empresas.
¿Y no te permiten enviarles la factura por e-mail?
En cualquier caso yo tengo clientes que nos deben facturas de hace más de 85 días y siguen a lo suyo.
Pues pregunta lo que necesites de contabilidad en este foro y si empieza a haber dudas sobre contabilidad y gente que escribe será más fácil poder pedir que abran un foro de contabilidad.
Saludos.
Así es y así lo llevo haciendo varios años. La cuota de autonomos figura como una retribución en especie y por ella se aplican las retenciones oportunas y lo paga todo la cuenta de la empresa.