Gracias por vuestras respuestas.
Perdonad mi ignorancia, sobre el tema de la fianza, si estaba al corriente: se deben depositar
dos mensualidades de la renta pactada por ser alquiler de local comercial en la unidad de fianzas de la Diputación General (en mi caso DGA, por estar en Aragón)
Sin embargo, tenía la duda de si el contrato firmado por las partes era obligatorio registrarlo.
Pensaba que podía hacerse un contrato privado y listo.
Entonces ¿por donde hay que pasarlo, por el Registro de la propiedad?
Gracias
Gracias por tu opinión.
La verdad es que está bastante bien: si no te he entendido mal¿ te cobran un 5,25% TAE?
Es menor que el tipo de los ICO LIQUIDEZ ¿como puede ser esto?.
Por cierto ¿a cuantos años lo has pedido?
Saludos