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Participaciones del usuario Pacomopacomo

Pacomopacomo 24/10/24 22:42
Ha respondido al tema Complemento de maternidad
Totalmente de acuerdo contigo, saqué estas mismas conclusiones hace un tiempo de otra consulta vinculante parecida a la que has puesto tú, de ahí, que en mi anterior mensaje hiciera la afirmación de que tendré que hacer 8 declaraciones complementarias. La consulta vinculante ahora mismo no la encuentro, mañana quizás pueda encontrarla y la pondré aquí. 
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Pacomopacomo 23/10/24 08:49
Ha respondido al tema Complemento de maternidad
Si tu pensión se generó en 2015 no te corresponde, la primera ley de complemento de maternidad estuvo vigente desde enero de 2016 a febrero de 2021, después la sustituyó la ley por brecha de género que está vigente actualmente. Un saludo. 
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Pacomopacomo 19/10/24 22:31
Ha respondido al tema Complemento de maternidad
El abogado presentó la primera solicitud el 26 de enero de este año, cuando se iba a cumplir el silencio administrativo consulté con el abogado y me dijo que estuviera tranquilo, pues aunque se cumpliera el mismo no había problema, el había hablado con la Seguridad Social y le habían asegurado que ahora las aceptan y resuelven todas, pero que tenían mucho volumen de solicitudes que resolver, por tanto hemos seguido esperando hasta hoy que parece que se empieza a solucionar, se por otra gente que llega antes el dinero que la resolución, el día 25 lo comprobaré cuando cobre. Un detalle para los que cobren la pensión máxima por exceso de Base Reguladora, el cálculo del complemento se hace sobre dicha Base Reguladora y no sobre la pensión  máxima, por tanto es más favorable para nosotros. Otro detalle, el año que viene me tocará hará hacer 8 declaraciones de renta complementarias, lo digo para el que no lo sepa, Hacienda está siempre ojo avizor. Un saludo. 
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Pacomopacomo 19/10/24 19:16
Ha respondido al tema Complemento de maternidad
Caso curioso, hice la primera solicitud del complemento de maternidad para hombres, enero del 2024, sistema antiguo (2016-2021), acabo de entrar hoy en la Carpeta Ciudadana y me aparece reconocido ya, cuadran las cantidades con las que yo tenía calculadas anteriormente, a continuación la curiosidad, entro en mi página de la Seguridad Social y aún no aparecen reflejadas, es posible que la Carpeta Ciudadana sea más rápida que la propia web de la Seguridad Social, aunque ahora que recuerdo, me pasó algo similar con el reconocimiento de la discapacidad, apareció en Carpeta Ciudadana antes que me llegara la Resolución de Comunidad Autónoma. Alguien que le haya ocurrido algo similar.
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Pacomopacomo 18/10/24 17:50
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Las rectificaciones de las declaraciones ya se pueden descargar en pdf, la mayoría de gente ya las tiene disponibles desde mediados de agosto que empezaron a hacerlas, excepto aquellos que aún no nos han hecho ninguna, entre los cuales me cuento por suerte o por desgracia. El lado bueno es que tengo un deposito al 4%, tres de las declaraciones me salieron positivas en su momento, las cantidades son considerables, 700 € por año, cuanto más tarden, más dinero a cobrar. Entrando en IRPF "Todas las gestiones", "Servicio de tramitación", Año y aparecen la declaración original y la rectificada que ha sido presentada por "Funcionario Habilitado", se descarga el pdf y ya sabemos lo que van a devolver, ahora solo falta que aflojen la pasta. 
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Pacomopacomo 15/10/24 10:18
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
 Mi jubilación se produjo en marzo de 2016, solo he presentado, por mediación de un abogado, solicitud al INSS que aún no ha sido contestada, hace poco consulte con el abogado y me dijo que sabe que las van a aceptar todas, pero necesitan tiempo y que no es necesario presentar la Reclamación previa al INSS, en ese punto estoy. Se de otra persona jubilada en 2019, presentó solicitud en enero a través de una gestoría y en julio le han pagado, incluidos los atrasos. 
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Pacomopacomo 14/10/24 17:41
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
 La explicación creo que será más clara con un ejemplo: Supongamos que la declaración de 2019 salió a pagar 500 €, se fraccionó, 300 € el 30 de junio de 2020 y 200 € el 5 de noviembre de 2020. La rectificación por mutualidades arroja una devolución de 600 €, por tanto los intereses se aplican solo a la cantidad que se pagó en su momento 500 €. 2020……. 300 € por 3,75% por 184/366 = 5,65 €. 2020……. 200 € por 3,75% por 56/366 = 1,15 €. 2021……. 500 € por 3,75% = 18,75 €. 2022……. 500 € por 3,75% = 18,75 €. 2023……. 500 € por 4,0625% = 20,31 €. 2024……. 500 € por 4,0625% por nº de días transcurridos en 2024 ( 340 ) / 366 = 18,87 €, suponiendo que hacen la devolución el día 5 de diciembre de 2024. Sumamos 5,65+1,15+18,75+18,75+20,31+18,87 = 83,48 € total de intereses de la declaración de 2019, después aplicamos las mismas reglas a cada ejercicio. Recordar que los intereses serán considerados ganancia patrimonial en el ejercicio que se cobren y por tanto habrá que tributar por ellos en la correspondiente declaración de renta. Si no se fracciono el pago, el calculo de la fracción del primer año se efectúa todo desde el 30 de junio hasta final de ejercicio. Si el resultado de la rectificación fuera inferior al resultado de la declaración (500 €) entonces los intereses se calculan y los genera el resultado de dicha rectificación. 
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