Lo mejor para asegurar el cobro de algo es realizar un contrato por escrito en el que quede todo estipulado, cantidad a pagar, plazos... Esto es lo que dice la ley: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1998-16717
Si la S.L. "en problemas" no puede hacer frente a sus obligaciones de pago, entonces tendrá que hacer frente con el patrimonio de la propia empresa a las deudas. Si las participaciones que comentas están a nombre de la empresa, lo mejor es que no trasmitas nada, sino podrías incurrir en un posible delito de transmitir patrimonio para evitar el embargo y que la empresa no haga frente a los acreedores.
Un saludo.
El sueño de todo empresario es que su negocio salga adelante y pueda subsistir al principio, para después empezar a tener beneficios y ser rentable. El hecho de montarla dentro o fuera de españa debe ser indiferente, aunque viendo el panorama aquí..
En teoría no, si rotulas tu vehículo es porque la empresa está creada y ofrece servicios a todo aquel que los quiera contratar.
Es como si en un local que es mío, le pongo un cartel de tienda de deportes y cuando entre el primer cliente le digo, oye tu espera, primero creo la empresa y después ya puedes comprarme las zapatillas que querías.
Es bueno que las altas instituciones se involucren y promuevan la creación de empresas. Esperemos que lo que un día decía como príncipe, lo aplique ahora que es rey.
Las pymes representan el 95% del tejido empresarial español y los emprendedores se están convirtiendo en un pilar destacado y crucial para salir de la crisis y crear empleo.
Qué casualidad que los cambios se vayan a producir en el 2015, año de elecciones generales. Pero lo más importante es conocer si la reforma afectará a todo el mundo, incluidas las Pymes o como siempre favorecerá a la banca y las grandes empresas.
Siempre dicen que van a fomentar la creación de empresas, pero a la hora de la verdad, los fondos de ayuda que se crean son para salvar a las empresas más grandes.
Si que podrías traspasar el negocio y la opción de compra del local, aunque tendrías que ir con mucho cuidado y hacer las cosas bien, ya que no traspasarías sólo los bienes y derechos adquiridos, sino también las obligaciones de pago pendientes.
Un saludo.
Depende de cada comunidad autónoma, y en concreto para Madrid el período para la concesión de la licencia de apertura varía entre 15 días y 2 meses.
Por lo que comentas, la licencia que tu necesitas debería ser de las más rápidas y que tardase entre 15 y 30 días en obtenerla.