Muchas gracias. Entiendo que al producirse ambos hechos en el mismo ejercicio, el regalo va a la casilla de rendimientos del capital mobiliario (como si fuera un dividendo) y la plusvalía a incrementos patrimoniales.
Buenas tardes. En mi caso, recibí de regalo una acción nacional por parte de un bróker extranjero al contratar dicho bróker. Al poco tiempo la vendí y obtuve plusvalía. Podrían decirme cómo se declara ese regalo y la plusvalía resultante. Muchas gracias de antemano.
Hola. Muchas gracias por la información. A día de hoy, mi hermano se encuentra ya en una residencia privada a la espera de que le den una plaza pública en esa misma residencia o en otra. Aclarada la duda de la Seguridad Social, la duda surge con el tema de HACIENDA. Efectivamente, yo también me vengo aplicando la deducción por descendiente discapacitado en la declaración de la renta, pero claro, la cuestión está en el tema de la dependencia económica. Como usted, yo también utilizo la Prestación Familiar por Hijo a Cargo para sufragar el coste de la plaza privada en la residencia, porque sin ella no se podría costear del todo esa plaza (la pensión de orfandad y el cheque-servicio de la ley de Dependencia no dan para costear todo el montante de la plaza privada), y como bien dice usted, ambos somos beneficiarios de esa prestación, luego, realmente, nuestros hermanos siguen dependiendo económicamente de nosotros. Otra cuestión sería que a mi hermano le dieran una plaza pública que, al menos en la Comunidad de Madrid, sería gratuita al 100 por 100. Entonces es cuando el tema de la dependencia económica estaría a mi parecer en el aire, porque mi hermano realmente ya no dependería económicamente de mí al ser la plaza residencial totalmente gratuita. No sé si le he aclarado algo, pero en cualquier caso estaría encantado de estar en comunicación con usted.