Muchas gracias por la respuesta tan rápida.Me lo has aclarado a la perfección en el supuesto que he trasladado en mi anterior mensaje está claro que no habría que presentar dicho modelo 720.Ahora la duda siguiente es si se trata de un periodo superior de inversión al año, por ejemplo 5 años, si los intereses no son compuestos y se cobran al vencimiento junto con el capital, pasaría lo mismo? o va marcando Raisin los intereses año a año?No sé si me explico bien.De nuevo muchas gracias por vuestra atención, un saludo.
Hola buenas noches:Este se trata de mi primer post en el foro y aprovecho para saludar a todos los compañeros.Estoy muy interesado en la plataforma Raisin y os leo atentamente pero mi primera duda es la siguiente, no comprendo muy bien el funcionamiento del módelo 720 para la Agencia Tributaria.Me explico he leído sobre el tema aquí y en la propia pagina de Raisin y mi duda principal es si yo hago un depósito de 50000 euros a un año por ejemplo, entiendo que el año que viene no tendré que presentar el módelo 720 al no pasar el límite, pero la duda es cuando en mayo del año siguiente me paguen el dinero más los intereses, sean cuales sean estos ya pasaré el límite, y aunque retire por ejemplo los intereses a mi cuenta en España y solo dejé los 50000 euros tendría al año siguente que presentarlo?Espero haberme explicado con claridad, agradezco vuestras respuestas y atención.Un saludo.