¿Pudiera ser que estuvieras en la modalidad de declaración "CONJUNTA"? Para poder modificar cualquier dato debes estar o bien en la de "DECLARANTE" o bien en la de "CONYUGE".
La plaza de aparcamiento, aún teniendo referencia catastral independiente, no genera imputación de rentas si se adquirió de forma conjunta con la vivienda, y se encuentra en el mismo edificio o urbanización.
En ese caso basta con poner su referencia catastral (y el resto de datos que solicita el formulario) en el mismo apartado de la vivienda habitual y eliminarlos del apartado "Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares o arrendados o cedidos a terceros".
Asegúrate de que para ambas modalidades de la declaración ("DECLARANTE" y "CÓNYUGE") aparecen las 2 propiedades, y que el % de participación es el correcto.
El problema viene por constar tu tía como titular en las cuentas de tus abuelos (y ella querer aprovecharse de la situación).
En cualquier caso a mí las cuentas no me cuadran:
En el momento del fallecimiento de tu abuela
■ (20000+160000)/3 pertenece a tu abuelo
■ (20000+160000)/3 "pertenece" a tu tía
■ (20000+160000)/3 herencia (30000€ para tu tía y 30000€ para ti)
Al constar como titulares tanto tu abuelo como tu tía han dispuesto del dinero como han querido (o como ha querido tu tía).
Para sacar la foto del reparto en el momento del fallecimiento de tu abuelo intervienen más variables
¿llegasteis a sacar el dinero de tu abuela de alguna de las 2 cuentas?
¿cuántos titulares constaban en el momento del fallecimiento de tu abuelo?
¿de dónde salen esos 60000€ "bloqueados"? ¿no serían 160000/3=53333,33?
En el peor de los casos, aún habiéndose pulido tu tía todo el dinero, entiendo que mínimo te corresponden 30000€.
Entonces no creo que puedas aplicarte ninguna deducción.
Échale un vistazo a estos dos puntos del manual de ayuda de la declaración de la renta:
9.1.1. Adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual
9.1.1.3. Concepto de rehabilitación de vivienda
Me ha pasado algo parecido pero con la información catastral de inmuebles (manda huevos porque estamos hablando de un organismo dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, igual que la Agencia Tributaria).
Hasta el día 7 aparecían mis inmuebles (vivienda, garaje y trastero) con valor catastral revisado = SI
El día 8 aparecen con valor catastral revisado = NO, y por tanto 40€ menos a devolver.
De un día para otro garaje y trastero (adquiridos de forma independiente a la vivienda) han pasado de imputar el 1,1 a imputar el 2% del valor catastral.
¿Cómo se come que el Catastro (Ministerio de Hacienda y Función Pública) haya facilitado esta información a la Agencia Tributaria (Ministerio de Hacienda y Función Pública) con la campaña ya comenzada? Alucino.
Que sí, que es obligación nuestra revisar la información fiscal antes de confirmar el borrador... ¿pero hasta el punto de saber (mejor que el propio Catastro) cuándo entró en vigor la última ponencia de valores del municipio al que pertenecen nuestros inmuebles?
Desde que hace 2 años SelfBank la lió parda (este año lo ha vuelto a hacer) siempre me espero 2-3 semanas desde el inicio de la campaña para confirmar el borrador y así evitar complementarias. Pero me toca los coj... esta descoordinación. Si ya ocurre entre organismos que pertenecen a la misma administración cualquier otra historia es posible.
Aquí puedes consultar los municipios cuyos valores han sido revisados entre 2007 y 2017:
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2017/_Ayuda_Modelo_100/7__Cumplimentacion_IRPF__I_/7_4__Rendimientos_derivados_de_inmuebles/7_4_4__Municipios_con_valor_catastral_revisado_2007_2017/7_4_4__Municipios_con_valor_catastral_revisado_2007_2017.html
Si adquiriste la plaza y el trastero junto con la vivienda habitual debes trasladar los datos
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/IFXJ-IFWW/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0136559
Entiendo que tu pagador te ha retenido menos de lo que tocaba.
Para un suelto bruto anual de 22900€ (sin personas a cargo, ni minusvalías, ni movilidad geográfica) la retención aproximada es de 3025€.
jajajaja
Lo de que pueda ir a la peluquería gracias a los amigos/vecinos solidarios también me ha dejado perplejo
Creo que se ha dado de baja porque en este otro hilo, que no tiene desperdicio, la han puesto a caldo
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/3690412-usura-credito-rapido
Quizás sea verdad lo que cuenta en él, pero desde luego algo no está haciendo bien.
Salud!