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Participaciones del usuario Ravel - Fiscalidad

Ravel 24/04/17 17:37
Ha respondido al tema Renta inmobiliaria imputada declaración renta 2016
Si es tu vivienda habitual (has dicho que no) los datos se consignan en "Datos adicionales de la vivienda", y no procede la imputación de rentas. Como no es tu vivienda habitual debes consignar los datos en el apartado "Relación de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados", generando la correspondiente renta. Debes poner 366 días (el año 2016 fue bisiesto). NÚMERO DE DÍAS QUE EL INMUEBLE ESTÁ A DISPOSICIÓN DEL TITULAR Cuando no se haya sido titular del inmueble (o del derecho real de uso o disfrute sobre el mismo) durante todo el año natural, o cuando parte del ejercicio hubiese estado en construcción o por razones urbanísticas no haya sido susceptible de uso, se indicará el número de días en que se ha dispuesto de la titularidad o en que el inmueble ha estado en condiciones de utilización durante el año Sólo puedes descontar los días en que no fuiste titular del inmueble, o éste no estuvo en condiciones de utilización.
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Ravel 24/04/17 15:51
Ha respondido al tema Renta inmobiliaria imputada declaración renta 2016
Se debe imputar renta por todos aquellos inmuebles urbanos a disposición de los titulares (excepto solares) que no constituyan vivienda habitual, independientemente del número de viviendas que poseas. En definitiva, sólo "se salva" si es vivienda habitual.
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Ravel 05/04/17 23:53
Ha respondido al tema Referencia catastral de Trasteto/Garaje no aparece en borrador pero si en los Datos fiscales. ¿Que hago?
No es correcto. En el supuesto de propiedad de la vivienda habitual (en todo o en parte), se harán constar los datos de las plazas de garaje, con un máximo de dos, y de los trasteros y anexos adquiridos conjuntamente con la misma, apartado "Datos adicionales de la vivienda". El resto de inmuebles a tu disposición generan rentas inmobiliarias que gravan el IRPF, y deben informarse en el apartado "Datos económicos - Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados".
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Ravel 26/06/16 18:51
Ha respondido al tema Datos fiscales IRPF 2014
Hola, Puedes acceder a datos fiscales de ejercicios anteriores a través de la siguiente página: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Impuestos_y_Tasas/IRPF/Modelo_100___Mode______Declaracion_y_documentos_de_ingreso_o_devolucion_/Tramites/Ejercicios_anteriores/Ejercicios_anteriores.shtml En tu caso la opción "Datos fiscales ejercicios 2011 a 2014" Al entrar deberás seleccionar el método de acceso. Si tienes dudas puedes pulsar el botón "Ayuda". Saludos.
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Ravel 25/06/16 20:20
Ha respondido al tema Cesion gratuita de vivienda a familiar
Por lo que yo entiendo, el padre debe imputarlo como renta inmobiliaria (equivalente a una segunda residencia para él). Si el padre selecciona clave de uso "A disposición de los titulares" se desactiva la casilla para reflejar el importe de los rendimientos. No creo que el pago de los recibos de suministros por parte del hijo suponga al padre rendimientos del capital inmobiliario, pues no está sacando beneficio por ello. Por otro lado, en relación al artículo que indicas, no deben declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de rentas inmobiliarias imputadas. Pero desconocemos si el padre trabaja, o recibe alguna pensión o prestación por desempleo. Simplemente se nos indica que no está obligado a declarar, pero no porque sólo reciba rentas derivadas de la imputación de rentas inmobiliarias. Por eso yo indicaba en relación a la declaración del padre que "si con esta información, y el resto que compone su declaración de la renta, no está obligado a declarar, no presenta el impuesto".
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Ravel 25/06/16 18:20
Ha respondido al tema Cesion gratuita de vivienda a familiar
Yo creo que a Hacienda le da igual a nombre de quien estén los recibos, o quien los pague. Si el piso no está cedido legalmente al hijo, ni es usufructuario por mandato legal, ni media contrato de alquiler entre entre ambos: - Padre: Si no es su residencia habitual éste deberá imputar las rentas inmobiliarias correspondientes como inmueble "a disposición de sus titulares". Si con esta información, y el resto que compone su declaración de la renta, no está obligado a declarar, no presenta el impuesto. - Hijo: Si es su residencia habitual deberá declarar ésta como "Titularidad (clave) 4 Otras situaciones". A ver qué opina el compañero Juan Lackland.
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Ravel 25/06/16 12:55
Ha respondido al tema Declaracion segunda residencia
Sí, claro, es correcto. Excepto la vivienda habitual y las plazas de garaje (con un máximo de dos), trasteros y anejos adquiridos conjuntamente con la vivienda habitual, TODOS los demás inmuebles a tu disposición (aunque hayan estado cerrados los 365 del año) generan rentas inmobiliarias que gravan el IRPF. En función del año de revisión catastral, o bien se imputa el 1,1 % del valor catastral, o bien el 2%. Es lo que indicaba en mi post anterior.
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