Leopol72, refloto este hilo para hacerte una consulta de un caso similar pero más sencillo (creo). Viuda con 4 hijos fallece dejando como herencia unas cuentas corrientes, la vivienda habitual y un 20% de unos terrenos rústicos y urbanos, no hay testamento. En este caso, entiendo que el primer paso es la declaración de herederos en un notario. Con la declaración de herederos se paga el Impuesto de Sucesiones por todo (bienes inmuebles valorados según criterio de la CA) y ya se podría acceder a las cuentas. Por último, en el notario se hace el reparto de los bienes inmuebles sin incluir las cuentas. También se registrarían los inmuebles y se pagaría la plusvalía. Mi pregunta es ¿puede el notario negarse a hacer la partición de los bienes inmuebles si no se incluyen las cuentas?
Gracias