Procedimiento de Arbitraje.
Previo al arbitraje esta la mediación, en la que ambas partes intentan llegar a un acuerdo antes de que un arbitro neutral dicte el laudo que es vinculante para ambas partes. Hasta aquí lo que dice la ley. Caso Bankia, me da la sensación que van a prescindir de hasta de la mediación, es decir todo o nada, sin conocer previamente como están barajando tu situación.
En el caso legal en la mediación antes de entrar en el arbitraje te dicen le vamos a dar por ejemplo el 85% este año en efectivo, el 15% restante en dos años, y en otro año un 2% por los daños o por el pago fraccionado, y ahi es cuando decides que vas al arbitraje o no. Y en un 97% se mantiene las mismas condiciones en el laudo, y en un 3% sale algo mejorado para la parte mas debil o engañada, pero NUNCA, REPITO NUNCA te dicen una cosa en la mediación y luego el laudo sale por otro lado....
DIFERENCIAS QUE EMPIEZA A CANTAR QUE NO ES UN ARBITRAJE.
- Normalmente la solicitud se presenta ante la Dirección General de Consumo, no ante la otra parte, ¿donde estaría la imparcialidad? ¿Como van a saber la otra parte lo que reclamas y en que forma y en que punto....?
- Siempre hay mediación previa, aquí se la van a quitar del medio para que vayas al arbitraje con los ojos cerrados, y encima sin saber que porcentaje te van a dar y como, si en depositos, en efectivo, en un año, en cuanto...
- Si acude de intermediario alguna asociación de consumidores o la junta de consumo, o algo similar huir de ellos como la peste, su chiringuito esta totalmente Subvencionado por la comunidad de Madrid, con lo que no van a hacer nada que les perjudique, te dejaran con el culo al aire.... Aparte que son unos autenticas analfabetos, ni conocimientos, ni estudios ni nada de nada....