Buenas tardes, Vamos por partes, como decía Jack - Gestora (p.e. Vanguard): Se encarga de la gestión activa del fondo, como decidir en qué activos invertir (acciones, bonos, derivados, etc.). * Quiebra: Los activos del fondo son independientes del patrimonio de la gestora. En caso de quiebra, el fondo sigue existiendo y su gestión puede transferirse a otra gestora. *Fraude: El depositario debe supervisar a la gestora. Si se detecta fraude, se activa una investigación regulatoria y los responsables pueden enfrentar sanciones. Los inversores estarían protegidos por las normativas y cubiertos por el Fondo de Garantía de Inversiones del país de la gestora (y de la depositaria si no es del mismo país por no cumplir su función). - Depositaria (la de Vanguard creo que es Brown Brothers Harriman Trustee Services -Ireland- Limited, pero puede ser distinta para cada fondo se ve en el KID): Garantiza la seguridad y supervisión de los activos del fondo, puede delegar la custodia, pero sigue siendo responsable legal. *Quiebra: Los activos del fondo no forman parte del patrimonio del depositario. Otro depositario puede asumir las funciones sin que el patrimonio de los inversores se vea afectado. *Fraude: Las indemnizaciones dependerían del seguro que tenga y del Fondo de Garantía de Inversiones del país de la depositaria. -Custodio (Inversis): Se encarga de guardar físicamente o electrónicamente los activos financieros del fondo (acciones, bonos, derivados, etc.),. *Quiebra: Los activos custodiados no forman parte del balance del custodio, por lo que no se ven afectados. El depositario buscaría otro custodio. *Fraude: Si el custodio manipula los activos o incurre en negligencia, el depositario es el responsable de cubrir cualquier pérdida, el FOGAIN se haría cargo en caso de problemas. - Comercializadora (plataforma de MyInvestor): Se encarga de vender el fondo al público y gestionar la relación con los inversores. *Quiebra: Los activos del fondo están custodiados por el depositario o el custodio y no se ven afectados. Puedes seguir operando a través de otra comercializadora. *Fraude: Si la comercializadora incurre en prácticas fraudulentas (por ejemplo, falsificación de datos o cobros indebidos), las regulaciones suelen obligarla a indemnizar a los clientes. En definitiva, en caso de quiebra de algún actor no debe haber problema, pero si hay negligencia o fraude va a depender de cual sea el actor y el impacto depende de los seguros que tenga y del Fondo de Garantía de Inversiones con el que esté amparado (FOGAIN o del país que toque).