stalky
06/05/15 21:05
Ha respondido al tema Negativa del banco a devolver un recibo de una aseguradora de vida
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Te equivocas, siento ser tan tajante, pero en esto estás equivocado. He citado el art. 83 a) porque efectivamente dice según diga la regulación del seguro de vida; pero en los artículos del seguro de vida de la referida Ley nada dice de la cancelación del seguro de vida, salvo aquellos casos de reducción, rescate y anticipo de los seguros de vida con supervivencia.
Por lo tanto, es de plena aplicación el art. 22; se necesitan 2 meses para preavisar fehacientemente de la voluntad de no renovación del seguro de vida (y de cualquier otro seguro).
De tu último párrafo y de la devolución del recibo, nada tengo que decir más allá de lo que ya comenté; no obstante -y no por llevarte la contraria- debes pensar que el seguro está contratado en cobertura de un riesgo que el banco quiere tener cubierto, por lo que en su calidad de acreedor, no te deja anularlo o dejarlo sin cobertura mediante el impago de un recibo. Pero esto último es una digresión mía sin fundamento fáctico