En principio podrías hacerlo con una declaración jurada, pero es mejor que sean SERVICIOS SOCIALES quienes hagan la gestión porque antes o después la Seguridad Social puede requerirles que lo hagan y claro, mejor que ya sepan (servicios sociales) quien eres, donde resides y de que va la cosa antes de que dentro de un año la Seguridad Social les pudiese requerir dicha actuación a nivel de comprobación.
Pues remítete a tu expediente.Si cobras por adulto y menor. Es cambio de domicilio únicamente.Ya sabes cuando se convive con mas personas, el informe de la trabajadora social, como que no tenéis vínculo en el caso de que vuelvas a compartir piso, etc...
¿A que te refieres en concreto?Respecto al cambio de domicilio hay 30 días desde que se cambia de padrón para comunicarlo. Vía electrónica:https://imv.seg-social.es/ Vía presencial, aportando documentación física, se puede desacargar el pdf desde esta página.https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/3307b803-289c-4e4a-85e5-e37b9e2c1b53/C-185_Castellano_1_Accesibilidad.pdf?MOD=AJPERES
Tienen que hacer un nuevo expediente, por la nueva unidad de convivencia.Y según he leído podrías estar un mes o 2 sin cobrarlo temporalmente hasta que se termine el trámite, pero ese mes o 2 meses que no se pagan se juntarían en la nueva mensualidad con la nueva unidad de convivencia.
Lo normal es que en esta próxima mensualidad se te abonen la diferencia entre lo que te ha subido y lo que cobrabas por los meses de 2024 hasta este mes. La mayoría ya han recibido los atrasos.