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¿Qué pasa cuando muere el titular de una cuenta bancaria?

¿Qué pasa cuando muere el titular de una cuenta bancaria?

Seguro que alguna vez te has preguntado qué ocurre con el dinero de una cuenta bancaria cuando fallece el titular de la misma. Mucha gente piensa que ese dinero "se pierde y pasa a ser propiedad del banco", pero dicha afirmación es falsa. A continuación veremos cuál es el procedimiento para recuperar dicho capital en caso de que seas co-titular o heredero del fallecido, así como resolver otras cuestiones.

 

¿Cómo se reparten los ahorros de la cuenta?

Lo primero que hay que distinguir es si el fallecido era titular único o cotitular de la cuenta corriente:

  • Si el fallecido es titular único de la cuenta, serán los herederos legalmente reconocidos los beneficiaros de esa cuenta según se indique en el testamento. Si no se especifica, los familiares directos de primer rango, serían los encargados de gestionar los recursos de esa cuenta.
  • Si el fallecido era cotitular de una cuenta bancaria, el otro cotitular recibirá el 50% de la cantidad dispuesta en la cuenta y el resto se repartirá entre los herederos o los familiares directos según se indica en el punto anterior.

¿Qué información tienes que presentar al banco?

En caso de que sean los herederos legalmente reconocidos a través de testamento, deberán aportar:

  • Certificado de Defunción. Es la información relativa al hecho del fallecimiento que consta en el Registro Civil.
  • Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad. Acredita si una persona, ha otorgado testamento ante Notario. De esta forma, los herederos podrán obtener una copia autorizada acercándose al notario. 
  •  La copia autorizada del último testamento y un documento que justifique y acredite la condición de heredero.

En el caso de los herederos deben acreditar el pago o la exención del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En caso de que no haya testamento, se deberá entregar el Auto de declaración judicial de herederos abintestatos, además, será necesario solicitar justificantes notariales.

¿Qué debe hacer el banco?

El banco deberá facilitar la información sobre la situación financiera del fallecido, una vez los herederos se hayan acreditado como tal. La entidad financiera debe estar segura de que son los herederos legítimos, y para ello deberá solicitar una copia del testamento y una copia de la aceptación de la herencia.

En caso de que no sepamos a ciencia cierta en qué bancos tiene cuentas el fallecido, se debe acudir a la Agencia Tributaria, y con la condición de herederos, obtener la información financiera del fallecido.

¿Y si la cuenta tiene más titulares?

Generalmente, los bancos tardan entre 24 y 48h en conocer que el titular de una cuenta ha fallecido, pasando a bloquear la cuenta. Durante ese tiempo, el co-titular podría retirar el dinero de la cuenta y evitar pagar los impuestos que acarrea el reparto. Sin embargo, esta acción no es recomendable ya que podría tener consecuencias legales con los herederos.

En caso de que haya un cotitular de la cuenta, le corresponde el 50% del capital de la misma (suponiendo que compartan a partes iguales la propiedad del saldo total de la cuenta) sin pagar ningún impuesto hereditario, aunque sí tributará por él a Hacienda. El otro 50% se repartirá en función de lo que estipule el testamento. Si hay alguna persona autorizada en la cuenta, dejará de estar autorizada a realizar gestiones en dicha cuenta desde el momento en que se produzca el fallecimiento.

 

 

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  1. en respuesta a Lorena Romero
    -
    #80
    11/07/19 15:10

    Hola gracias por responder
    Pero el dinero que aumenta la cuenta seria de mi madre pq sigue cobrando su pensión y la de viuda.
    Si ahorra algo sube la cuenta
    En este caso subió de 18.000 euros a 28.0000

  2. en respuesta a M. José González Núñ
    -
    #79
    11/07/19 14:57

    Buenas M.José,

    Desde el momento del fallecimiento y notificación al banco, la cuenta se bloquea la cuenta. Si la cuenta sigue creciendo igualmente se repartirá la totalidad del montante entre los herederos, ya que correspondían legítimamente al fallecido.

    Saludos,

  3. #78
    11/07/19 12:41

    Una pregunta. Si a la hora del reparto el saldo es superior al saldo de fallecimiento, sobre cual se guían para el reparto

  4. #77
    09/07/19 20:26

    Hola mi padre faltó hace 2 años y el saldo que había a fecha de fallecimiento no era el mismo que cuando se repartió la herencia
    Luego el abogado tuvo que hacer lotes para ajustar
    Cuando el banco recibió la escritura para reparto, me mandó un impreso para que yo repartiera,pues según ellos como.habia acciones...había que repartir, pero el reparto que yo hice no coincidía con el firmado ante notario, pues yo desconocía que hubo movimientos
    El banco ha hecho el reparto según el privado y ahora que le informé que no está correcto, no hay forma que rectifiquen, pues hay mala relación familiar

  5. Nuevo
    #76
    11/06/19 08:37

    hola, mi pregunta es la siguiente, mis abuelos han sido desde los 3 años mis tutores legales, ya que mi madre legó los derechos civiles ante mi a mis abuelos, y se declaro a mi padre progenitor, como padre inexistente, por medio de derechos humanos por violencia extrema. Mi abuelo falleció recientemente, y me gustaria saber cuales con mis derechos de herencia como hija legal, desde una mirada del código civil. Tengo registros de salidas de chile, firmadas por mis abuelos para poder salir, así siendo ellos mis tutores legales,y necesito saber mis derechos respecto a la herencia, ya que mis tíos me han eliminado de los derechos directos.

  6. Nuevo
    #75
    07/06/19 06:16

    Hola. Les comento, soy venezolana,residimos en Argentina. Mi padre fallecio hace un mes. Resulta que su viuda vació las cuentas que mi padre tenía en el extranjero (USA) mientras él estaba con vida pero con pocas facultades, son ahorros de toda su vida. Ella me pidió que ceda mi parte de su casa y del auto (Argentina) puesto que yo poseo una vivienda en Venezuela, no tuve problemas en hacerlo, pero aparte dice que no me corresponde nada del dinero de mi padre ni de un auto de colección que dejó en Perú cuando vivió allá. En la cuenta solo dejó $100 que se consumirán por mantenimiento. Qué se hace en estos casos? En USA y en Argentina se maneja 50% la viuda y 50% entre herederos. En mi caso somos 4. Mis hermanos no pelean por su parte puesto que quien se queda con el dinero es su madre y ella les da la mejor vida. Pero yo soy hija única del primer matrimonio. Quisiera saber qué es lo que suele proceder. Me angustia haberme quedado sola en este pais, con dos hijas pequeñas y sin el respaldo que mi padre siempre procuró para todos. Le agradezco de antemano.

  7. Nuevo
    #74
    24/04/19 19:20

    Hola.como andan?? Quisiera saber mi papa y yo tenemos una cuenta en plazo fijo y yo quisiera saber a la hora de fallecer el mi papa mis otros hermanos pueden reclamar ese dinero?? O se tendra que dividir por 3 el monto ya que tengo 2 hermanos?? Desde ya muchas gracias

  8. en respuesta a Ceredina
    -
    #73
    04/02/19 09:52

    Buenas Ceredina, veo que estás confundiendo conceptos. Te explico:

    Si la cuenta tiene un cotitular, a éste le corresponde el 50% de la cantidad.

    Si la cuenta NO tiene un cotitular, todo el dinero es para los herederos legítimos. Fíjate que digo herederos y no hijos, ya que la esposa también forma parte de la herencia.

    Si quieres saber cómo se divide el caudal hereditario, te animo a leer este artículo Testamento y herencia: ¿Quienes son los herederos? ¿Qué corresponde a cada heredero?

    Saludos,

  9. en respuesta a Borja Cañete
    -
    Nuevo
    #72
    01/02/19 15:59

    Buenas tardes mi padre ha fallecido,en el banco aparte de la cuenta corriente y otros fondos d inversión que tenía a nombre de él y de su segunda esposa hay un fondo de inversión que está solo a nombre de el...ese fondo de inversión es ganancial también o alesysrsnlmbre de el
    Lo
    Heredan los hijos??muchas gracias

  10. en respuesta a Virginia68
    -
    #71
    25/01/19 13:31

    Buenas Virginia,

    Te copio lo que se explica en el último apartado del artículo:

    "Los bancos tardan entre 24 y 48h en conocer que el titular de una cuenta ha fallecido, pasando a bloquear la cuenta. Durante ese tiempo, el co-titular podría retirar el dinero de la cuenta y evitar pagar los impuestos que acarrea el reparto. Sin embargo, esta acción no es recomendable ya que podría tener consecuencias legales con los herederos.
    En caso de que haya un cotitular de la cuenta, le corresponde el 50% del capital de la misma (suponiendo que compartan a partes iguales la propiedad del saldo total de la cuenta) sin pagar ningún impuesto hereditario, aunque sí tributará por él a Hacienda. El otro 50% se repartirá en función de lo que estipule el testamento."

    Por lo tanto, sí que podrías denunciar y ya dependería de lo que estipule el juez.

    Saludos,

  11. Nuevo
    #70
    23/01/19 10:16

    Buenos días,
    Hace un año falleció mi padre. Tenía una cuenta en el Banco Santander con una señora con la que mantenía una relación, ambos dos eran titulares. A los pocos días del fallecimiento, la señora en cuestión sacó todo el dinero que había en la cuenta, unos 36.000 € y la canceló. No sabemos cómo pudo hacerlo, sin la firma de mi padre, el caso es que esa cuenta y ese dinero ya no existen.
    Nos corresponde algo de ese dinero ?
    Que podemos hacer para recuperarlo?
    Saludos

  12. en respuesta a Lorena Romero
    -
    Nuevo
    #69
    08/10/18 11:00

    Gracias

  13. en respuesta a Nathaliemercedes
    -
    #68
    24/09/18 12:45

    Si eres cotitular podrías sacar dinero antes del fallecimiento, efectivamente.

  14. Nuevo
    #67
    23/09/18 13:03

    Hola me podéis ayudar? Soy segunda titular de la cuenta de la persina q trabajo ella hizo esto para q yo puduera coger el dinero ya q esta ya en el hispital y le quedan horas. Pero me sa muedo tocar el dinero y sobrinos que me digan algo.. Ella hizo algo mal no dejar testamento. Mi oregunta es puedo sacar el dinero ahora q aun esta viva o tendre problemas luego con los sobrinos. Me puso de segundas en la cartilla esto dejo claro para q jamas los sobrinos puedantocar nada lo aclaro para q nadie piense q estoy de segindas por la cara.

  15. en respuesta a Paomi37
    -
    #66
    13/09/18 16:43

    Sí, por supuesto. Yo estoy en un caso muy similar de hecho. Aunque la persona no hiciera testamento, tienes una serie de derechos por ser hijos de un heredero (aunque la herencia no hubiera llegado a repartir). Puedes ver los derechos en este artículo: https://www.rankia.com/blog/impuestos/2940076-testamento-herencia-quienes-son-herederos-que-corresponde-cada-heredero

    Saludos,

  16. Nuevo
    #65
    11/09/18 19:07

    Hola
    Que pasaría si hay entre los hijos herederos un hermano fallecido tendrían derecho de cobrarían sus hijos (no hay testamento hecho )

  17. #64
    17/07/18 18:09


    hola,hay una accciones que pone usufructuario-indistinta, usufructuaria es mi madre e indistinta son mis hermanas,si se venden el dinero a quien se lo ingresan al usufructuario o a las tres personas,quien tendría que declarar la venta?

  18. en respuesta a Lorena Romero
    -
    #63
    17/07/18 09:29

    hola,no son acciones
    hay una accciones que pone usufructuario-indistinta,supongo usufructuaria es mi madre e indistinta son mis hermanas,si se venden el dinero a quien se lo ingresan al usufructuario o a las tres personas,quien tendría que declarar la venta?


    Responder

  19. en respuesta a Solmar1957
    -
    #62
    17/07/18 08:58

    Buenas, "indistinta" significa que cada uno de los titulares de la cuenta puede operar por su cuenta y riesgo sin consentimiento expreso del resto de titulares. Si hay dos titulares, cada uno es dueño al 50% del dinero.

    Mencionas algo de declarar la venta... no acabo de entender a qué te refieres. ¿estábamos hablando de una cuenta corriente con dinero líquido verdad?

    Saludos,

  20. en respuesta a Lorena Romero
    -
    #61
    16/07/18 18:12

    hay una accciones que pone usufructuario-indistinta,supongo usufructuaria es mi madre e indistinta son mis hermanas,si se venden el dinero a quien se lo ingresan al usufructuario o a las tres personas,quien tendría que declarar la venta?

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