Tengo ya una edad (52 años) lo que normalmente permite ver las cosas con una cierta perspectiva histórica, no quiero decir con razón o sin ella, simplemente la perspectiva y no de las conclusiones que uno pueda sacar de la misma, de esto último la edad no ofrece ventaja alguna.
Hace unos años, de alguna forma, habían dos tipos de dinero B, o al menos y en general, dos percepciones para una parte relevante de la ciudadanía, cosas que hoy no son aceptadas, entonces si serlo, digamos que se toleraban, hablo de hace unos 22 / 25 años, cuando el fraude fiscal, no era algo tan reprobable como ahora, bueno, en realidad si lo era, sin embargo la percepción de algunos (muchos) no era la misma.
Tal vez existían dos tipos de dinero B, uno "limpio" y otro "sucio", me explico......
“Limpio”, caja B de empresarios, autónomos, trabajadores que cobrarían una parte del salario por caja.... Evidentemente hoy, supongo que el 90% de los ciudadanos lo consideran reprobable, insolidario, etc., y si se acepta algo al respecto, será por parte de personas que debido a la crisis, no tienen ni siquiera cubiertas sus necesidades básicas, obviamente antes es la supervivencia propia, que la solidaridad con los demás.
“Sucio”, producto de delitos, armas, drogas y prostitución, las tres con todas las causas previas o derivadas.
Es más, y para confirmar "tales percepciones", recordemos que hubo entidades financieras que buscaron la manera legal de captar depósitos, procedentes de dineros no fiscalizados, algo impensable hoy, e incluso el estado se financió barato con estos saldos.
Primas únicas La Caixa http://elpais.com/diario/1989/03/17/economia/606092404_850215.html
Cesiones de crédito Banco Santander
Regularización fiscal, de pagarés al 2% http://elpais.com/diario/1991/07/19/economia/679874421_850215.html , en este caso hay que indicar que en aquellos años, una imposición a plazo podría rendir el 8, 9 ó 10%, sin mucho problema, por tanto depositar al estado al 2%, de alguna forma, suponía pagar unos ciertos impuestos, vía financiación “regalada” a dicho estado, o al menos este fue uno de los argumentos para tal amnistía.
¿Toda esta introducción, a que viene a cuento?
Pues a algo, que al menos para mí, y a cierta gente con la que he hablado del particular, de lo que es, de confirmarse tales presunciones, muy grave, y lo que no creo tenga parangón, en temas de corrupción.
En primer lugar, debemos ponernos EN SITUACIÓN DE PRESUNTAMENTE, porque incluso con la imputación judicial, sigue siendo, presunto.
Se trata de esta cuestión:
De por si la corrupción es reprobable, no debo alargarme más en ello, todos sabemos lo que se está descubriendo, de prácticamente todos los colores políticos y matices, no obstante, me parece que estas presunciones suponen añadir a perjudicados directos. La corrupción política (y los que ofrecen dinero para sus intereses) afecta a toda la ciudadanía de forma más o menos indirecta, pero esto sería de “malas personas”, yo me atrevería a compararlo con un atraco o un atraco con víctimas, sigue siendo un atraco, aunque las consecuencias son radicalmente distintas. Facilitar que la gente pueda perder su empleo, si las leyes ya permiten lo que permiten, además ¿hay que dar facilidades ilegales? ¿No hay límites morales, o de haberlos, algún “presunto”, parece que no los tiene, no le interesan? ¿Se la suda lo que les ocurra a sus conciudadanos, con tal de engrosar su cuenta corriente?
El problema, ya en general, es que nuestras leyes están pensadas para penar a los delitos contra las personas, y en mucha (pero mucha) menor medida, los delitos contra los bienes, sin haber considerado con la debida suficiencia, que algunos delitos contra bienes, acaban afectado a las personas, de una forma directa, y no indirectamente, como supongo se pensó cuando se aprobó nuestro código penal, y sus sucesivas modificaciones.