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Hoy he recibido un email realmente impactante... ¿Es esta la sociedad que queremos?

1. PREGUNTA

a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).

2. PREGUNTA:

a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.

RESPUESTA: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).

3. PREGUNTA:

a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.

RESPUESTA: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.

4. PREGUNTA:

a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.

RESPUESTA: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

5. PREGUNTA:

a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.

RESPUESTA: El acoso sexual tendría menos pena según el articulo 184.2 del Código Penal.

6. PREGUNTA:

a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.

RESPUESTA: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

7. PREGUNTA:

a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.

RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave, a tenor del articulo 630 del Código Penal

8. PREGUNTA:

a) Juan fotocopia una página de un libro.
b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'Los Ángeles de Charlie'.

RESPUESTA: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.

Hala, chavalotes, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad... pero no uséis el emule!!

A esto hay que darle la mayor vuelta posible por toda la red a ver si alguien con criterio pone algún remedio !!!

(Yo siempre le pido a dios que me de inteligencia, porque si le pido que me de fuerza, las ostias que pegaria a alguno...)

Y eso que pagamos cánones, sufrimos DRMs y protecciones, y aún nos criminalizan... pero ¿sabéis lo que os digo? Quien roba a un ladrón, tiene cien años de perdón... aunque no en el Código Penal, claro.

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  1. Top 25
    #11
    16/11/07 18:00

    Todos somos presuntos culpables!!

  2. #10
    El Gallina
    14/11/07 19:59

    Son los amos del mundo y los demás los presuntos culpables o más bien los que ya estamos condenados de antemano.

    Nuestra condena comienza desde el momento en que nos vemos obligados a pargar el estúpido canon.

    Puede que sea muy raro, pero hace muchos años que no compro música. No porque no me guste, sino porque tras escuchar lo mismo un par de veces me aburro. No sé como funciono el EMULE y tampoco tengo excesivo interés en aprenderlo.

    Cuando tengo interés en un libro, tengo la mala costumbre de comprarlo, porque no me gustan las fotocopias y tampoco leer en exceso en la pantalla.

    Y si hablamos de cine. Se llevan la subvención del ministerio, de la CC.AA. de una tv pública y del alcalde de turno al que cobran por enseñar su pueblo. Si además no han sido del todo ineptos y han conseguido no fabricar un vodrio, el resultado es que el público es agradecido y también se llevan algo de la taquilla.

    Pero ellos son los guais, los que detentan la cultura y los defensores de las libertades y derechos de los ciudadanos. Ellos lo son todo y los que no estmos de acuerdo, somos los analfabetos reaccionarios.

    Y como no la SGAE, el máximo exponente de la cultura hispánica, envía de vacaciones a ultramar al niñato macarra de turno que se rie de todo el mundo o mas bien debería decir, la SGAE reunida en asamblea se rie de todo el mundo.

    A pesar de todo tendré que seguir pagando canon, por todos los artefactos que utilizo para reproducir o guardar mis gilipolleces, porque ningún gobierno pasado presente o futuro me ampara, pero a ellos sí.

    Como todos sabemos que hay individuos aficionados a la chapuza clandestina, propongo un canon para todas las herramientas que se venden en las tiendas de bricolage, para compensar a los profesionales que resultan perjudicados.

  3. Top 25
    #9
    14/11/07 01:07

    Anónimo, la ley la han aplicado ya arbitrariamente en muchos casos (aunque no por la vía penal, que yo sepa), y en todo caso la ley debe ser justa y hacerse cumplir; si hacemos leyes injustas y lo tomamos como excusa para no cumplir la ley, adiós lo poco que queda de democracia y volvemos a ser república bananera. Esto es lo que está pasando con la CNMV, y ahí está el resultado...

    Echevarri, joder, con todo lo que sabes de banca, y ahora resulta que también dominas el derecho!! Te voy a renombrar el blog, a partir de ahora "el blog de Echevarri" pasa a ser la "Echevarripedia".

    Anónimo, efectivamente una jueza sentenció que no se podía criminalizar una práctica tan extendida, lo tengo guardado en la noticioteca. Pero manda huevos que admitieran a trámite una querella en la que se pedían dos años de cárcel por descargar y compartir música en Internet!!

  4. Top 25
    #8
    14/11/07 00:57

    Pontifex, tienes razón, un blog muy interesante y que voy a incorporar a mi blogroll. Gracias por aclarar el orígen.

    Anónimo, no va tan alejado de la realidad... cambia copiar una peli por piratear el windows y ya lo tienes!! Cuando pienso que Micro$oft llegó a donde llegó, con productos mediocres, sólo porque se dejaba piratear... y míralos ahora, como lloran porque los piratean, los muy sinvergüenzas!!

    Jmayor, lo malo es que cambian los que hacen las leyes, pero sigue mandando la SGAE...

    s2

  5. #7
    13/11/07 20:59

    El mejor blog que conozco, con multiple jurisprudencia al respecto
    derecho-internet.org

  6. #6
    Anonimo
    13/11/07 20:39

    Creo recordar que hace poco el TSJ de Cataluña argumentó en sentencia que no era delito descargarse contenidos de internet, lástima que no recuerde ni la instancia ni la CCAA, pero seguro que Echevarri o consumerista lo saben...

    TAXMAN

  7. #5
    13/11/07 19:52

    El problema es que se usa una herramienta como el Derecho Penal en un tema donde no pinta nada. Es algo parecido a usar cartuchos de dinamita en una operación de apendicitis.

    El Derecho Penal tiene el caracter de ultima ratio. Es decir, debe ser usado en ultima instancia. No parece que sea el caso.

    El Derecho Penal debe guardar el principio de congruencia. Es evidente que de seguir la iinterpretnación de algunos nos lleva a aberraciones como las citadas. Autñenticos despropositos donde se protege con mucha más fuerza bienes jurídicos inferiores que otros superiores.

    Tengo la sensación de que se hace uso del Derecho Penal de un modo ilegitimo, al estilo de las llamadas querellas catalanas, que buscan asustar a la contraparte, aún a sabiendas de su inviabilidad procesal.

    Lo que es triste muy triste es que el Psoe apoye esto y el PP haya tragado con ello y apenas se le oiga.

  8. #4
    Anonimo
    13/11/07 19:15

    Pero en este país muchas veces se hace la "vista gorda" con ciertos delitos... No conozco a nadie multado o encarcelado por fotocopiar un libro, etc. y si por ejercer violencia.
    La ley parece más una amenaza que una realidad, aunque logicamente la pueden aplicar discriminando cuando les dé la gana.

  9. #3
    13/11/07 10:23

    Por increible que parezca, es la cruda realidad.
    ¿Quien hacia las leyes en este pais? que no me acuerdo...

  10. #2
    Anonimo
    13/11/07 02:30

    Hombre Fernan2, así puesto tu mensaje parece que los legisladores españoles se han vuelto locos (y ahora que lo pienso....???).

    Bueno, que al email que has recibido le falta un trozo, el de la pregunta original. Te la copio y pego del libro "Copia este libro" de David Bravo Bueno, 2005 (en licencia Creative Commons, el que lo quiera lo puede copiar y leer de gratis). Ahí va:

    "Seminario de propiedad Intelectual
    Aprende a desembarazarte de ese molesto sentido común

    Aprende a interpretar correctamente el Código Penal siguiendo la lógica aplicada por la industria y que considera que la reproducción, distribución y comunicación pública de obras intelectuales que te den cualquier beneficio o utilidad es delictiva. Para ello practica con este sencillo test.

    Siguiendo la interpretación que hace la industria del artículo 270 del Código Penal, elija cuál es la acción considerada de mayor gravedad:"

    Y después vienen las preguntitas de marras. Conviene decirlo porque si no alguien se puede pensar que el código penal español dice de verdad lo de que es mayor delito copiar una peli que acosar sexualmente a tu secretaria... y las cosas están mal, pero aún no tanto.

    Buenas noches... :-)

  11. #1
    Anonimo
    13/11/07 01:41

    Si te gusto el mail, te gustará también el blog de su autor:

    http://www.filmica.com/david_bravo/

    Y más aún el libro donde publicó ese texto:

    http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/001828.html

    ;-) Un saludo.