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Recomiendo vender autopistas bonificadas AUDASA del 3.83%

AUTOPISTAS BONIFICAS AUDASA 3.83

Vencimiento 26-06-13

Nominal de 500 euros. Código ISIN ES0211839123

Esta es una emisión de obligaciones bonificadas de autopistas de AUDASA. La bonificación consiste en una deducción de la cuota del 24% del importe del cupón, cuando en realidad la retención real es del 1.20%.

Paga el cupón anual el día 20 de diciembre de cada año.

El 10 de septiembre del 2008 recomendé comprar esta emisión al 86.10%, a ese precio ofrecía una rentabilidad financiero fiscal algo superior al 8.50 % anual.

Como ya se ha cobrado el cupón y se tiene derecho a la deducción correspondiente al año completo a pesar de que sólo se ha tenido invertido el dinero cuatro meses, se puede vender esta emisión con bastante seguridad de poder recomprarla más barata antes del 20 de diciembre del 2009 para volver a obtener la deducción del ejercicio entero.

Recomiendo vender al 93.45%. Además de este precio se cobrará el cupón corrido desde el 20 de diciembre.

ADVERTENCIA:

Esta emisión cotiza en el Mercado Electrónico de Renta Fija de la Bolsa de Madrid, hay que decirlo al dar la orden, pues como casi no queda nada cotizando en ese mercado puede que al broker se le pase por alto.

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25
  1. Top 100
    #25
    11/02/09 00:46

    No creo que en estos momentos puedas recuperar el nominal de las audasas, ni siquiera te darán el 90%

  2. #24
    Anonimo
    10/02/09 19:38

    Buenas tardes Francisco,

    Tengo obligaciones audasa de Mayo 2016 en Caixanova. Pretendo venderlas pero ¿como podria hacer para recuperar el nominal ?

    Gracias

  3. #23
    Anonimo
    06/02/09 10:54

    Hola a todos,
    me gustaría agradecer a Francisco la transmisión de conocimiento que nos brinda.
    Yo soy asiduo lector y no había participado hasta ahora.
    Le agradecería si pudiera dar de nuevo su cartera recomendada para la renta fija. Me he decidido tarde y no sé si es adecuado hacerlo ahora y a qué precios.
    Muchas gracias por su dedicación.

  4. #22
    Anonimo
    31/01/09 15:25

    Sobre el beneficio obtenido en la venta de obligaciones bonificadas AUDASA, habrá que descontar en el I.R.P.F. el incremento patrimonial
    ( diferencia entre precio de compra y precio de venta ), al tipo marginal que corresponda en cada caso.
    Ruego me confirmeis si lo que planteo es correcto o no.
    Gracias y saludos cordiales,
    Gervaran

  5. Top 100
    #21
    27/01/09 12:45

    Alirgu, si pinchas en la etiqueta "crónicas del AIAF" podrás comprobar que esas variaciones no son reales y que ese mercado está manipulado.