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En este fin de semana, de casualidad me he enterado de dos noticias que han pasado bastante desapercibidas, o por lo menos que yo no había visto por ningún lado. Las dos noticias son dos anécdotas clave para entender las actuaciones de los gobiernos, que hace bastante tiempo que han perdido el norte.

La primera tiene cierta antigüedad y se refiere a una novedad de las actuaciones de la Agencia Tributaria, que se dedica ahora a ir a embargar las cajas de los negocios en horario comercial y de hecho buscando la existencia de clientes para generar un coste más a las personas que mantienen deudas con hacienda.

Es decir, de repente nos encontramos que el personal de hacienda en lugar de dedicarse a actuar como tal e investigar fraudes en determinadas capas, lo que hacen es convertirse en una versión moderna del cobrador del frac.

Lejos de hacer algo para evitar ciertas tácticas que ya he comentado, tenemos a las administraciones públicas lanzándose a tácticas de dudosa legalidad, (en el caso de Hacienda se dirige contra empresas y no contra ciudadanos, lo cual es una diferencia en según qué casos).

Evidentemente la hacienda pública tiene que tener instrumentos para cobrar las deudas, pero siempre evitando atentar innecesariamente contra las personas, por mucho que tengan un comercio y por tanto sean especialmente susceptibles a determinadas actuaciones. Sí quieren argumentos para defender esto, no hace falta más que escuchar lo que dicen desde cualquier banco cuando se les pide cualquier información, a pesar de que todo el mundo ya ha asumido que los balances de las entidades financieras esconden de todo.

¿Por qué se va a someter a escarnio público a los pequeños negocios?. Pues sencillamente porque son débiles, y en gran parte son una parte débil porque se han diseñado todos los procedimientos para que así lo sean. Estos negocios son los que en primera línea están asumiendo todos los golpes de una situación en la que se están destrozando a los clientes, y eso es lo primero que se ha de solucionar.

Hasta ahora cuando un comerciante se ponía a mirar a la gente que pasa por la puerta, verá pasar a las personas a las que se le han metido tantos golpes que no pueden comprar, (o no quieren comprar porque estamos todos acojonados por la siguiente), o bien a los inspectores de hacienda que buscan añadir con escarnio público una nueva penalidad a las que ya tiene.

En cuanto a la otra noticia, tengo que decir que en un primer momento me ha parecido que venía de elmundotoday.com; Esta noticia, no va a tener tantos efectos prácticos, pero ilustra el cachondeo al que nos tienen sometidos. Cachondeo tan extremo que ya incluso hace reír.

La noticia decía asÍ:

“El presidente del Consejo del Poder Judicial, Gonzalo Moliner, ha entregado esta tarde los premios 'Calidad de la Justicia 2012', que en esta última edición han recaído en el Ministerio de Justicia, la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia de la Generalitat de Cataluña, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Badajoz, la Oficina Judicial de Durango (Vizcaya), el Consejo de Procuradores de España y el Registro Civil de Guadalajara.

El CGPJ también ha decidido atribuir una mención específica en la modalidad de la 'Justicia más accesible' al Ministerio dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón.”

 Luego se explica que el premio viene derivado de dos proyectos del ministerio, que no tienen nada que ver con las recientes reformas conocidas de la justicia, (y tampoco parece que tengan demasiado que ver con actuaciones recientes del ministerio de justicia), pero desde luego la explicación y la oportunidad recuerdan y mucho a la condecoración de los miembros de la UIP tras la semana del “¡que soy compañero, coño!”.

En definitiva, que el Consejo general del Poder Judicial, le dé un premio a la calidad en la modalidad de “justicia más accesible”, en medio de una reforma en la que absolutamente todo el mundo está de acuerdo en que lo que hace es restringir el acceso a la justicia no es otra cosa más que cachondearse del personal.

Mal vamos en un país en el que Hacienda se pone a competir con el cobrador del frac, mientras ignora a los fuertes, a la vez que se envían notas de prensa y mensajes a la opinión pública que destrozan a los medios que tratan de parodiar la realidad, que no tienen absolutamente nada que hacer en un entorno en el que cada semana se supera la animalada.

La única esperanza es que los funcionarios de Hacienda sean lo suficiente responsables como para actuar como lo que son; el contrapeso a un poder político y plantear todo lo que sea necesario para evitar estas acciones y que los jueces, abogados y fiscales continúen luchando contra las injusticias del ministerio de justicia, para que el premio, vendido como si fuese a Gallardón, sea entregado a título póstumo, (en sentido figurado por supuesto).

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  1. #5
    03/12/12 18:40

    Tomás, apúntate una:

    http://www.invertia.com/noticias/economiaenergia-cne-revela-carburantes-bajan-lunes-informa-ue-suben-martes-2791516.htm

    EWso sí, no hay noticias de sanción, ni aperturas de expedientes...Seguro que nuestro bienhechor Soria vuelve a reunirse con ellos otras 6 veces para que, además de los lunes, los precios bajen de martes a domingo

  2. #4
    03/12/12 09:28

    Y digo yo... si los funcionarios empezasen a hacer uso de la ley para NEGARSE a obedecer órdenes de cargos políticos y a cumplir la ley estrictamente.
    Como trabajador en un organismo público estoy harto de ver como se nombran altos cargos POLÍTICOS, muchos incluso sin bachillerato, y los ponen a dirigir.
    Un organismo público no necesita ningún "jerifalte", los funcionarios sabemos cual es nuestro trabajo, que para eso hay unas leyes que nos estudiamos y nuestra oblicación es hacerlas cumplir. El problema viene cuando se nos meten CARGOS POLÍTICOS por el medio y hacen y deshacen a su antojo.
    Sin un gobierno de la nación, la administración funcionaría igual e incluso mucho mejor, porque no habría intromisiones políticas. STOP a los nombramientos de directores generales, subdirectores, secretarios generales, etc... NO SON NECESARIOS. Los funcionarios nos sabemos leer las leyes y sabemos usarlas. Lo que no es de recibo es que te venga un enchufado del partido de turno a dirigir y alterar el normal funcionamiento de las cosas para beneficio de su prole. Y lo peor es que luego no tengan nunca culpa de nada, ya que según ellos su cargo es a efectos representativos, solo hay que oir las comparecencias de casos como los de los ERES de Andalucía.
    Hay unos plazos, hay unas normas, y las seguimos, pero siempre viene el "político" de turno a alterar el orden de las cosas y como hay un principio de jerarquía, hay que obedecerle sino te expedientan. Quizás sea horas de que todos nos neguemos a obedecer a alguien que no tiene una oposición o que si la tiene está puesto a dedo por motivos de partido y no de mérito-capacidad.

  3. en respuesta a Cambioyev
    -
    #3
    03/12/12 00:41

    En cuanto a los funcionarios de Hacienda, su deber y obligación es atenerse al cumplimiento de lo que dicta la ley. Pero hay que distinguir entre la competencia y capacidad de los funcionarios y las directrices que marcan los órganos políticos de los que dependen.

    Porque ellos conocen la realidad de la calle, de la precariedad de muchos pequeños empresarios que tienen que ganarse la vida para sacar a su familia adelante y de la golfería de algunos profesionales del fraude que viven del cuento de no tener nada a su nombre, de no pagar nada y de vivir mejor que nadie. Y también sabe que el grueso del fraude no están entre los pequeños, sino entre las grande empresas que tienen todas las facilidades del mundo para evitar pagar lo que deberían.

    Para tener una visión más cercana de cómo son y cómo opinan los funcionarios de la AEAT recomiendo ver la entrevista de Jordi Évole a Raúl Burillo, Inspector de Hacienda en Zaragoza y anterior Delegado Especial de la Agencia Tributaria en Palma:

    http://www.lasexta.com/programas/salvados/noticias/palma-habia-pocas-situaciones-que-nos-resistieran_2012120200115.html

  4. en respuesta a Cambioyev
    -
    #2
    03/12/12 00:23

    Esto quiere decir que las actuaciones de gestión de cobro por deudas en fase de embargo mediante el embargo de la caja en el domicilio del establecimiento donde se produce la actividad económica se realiza cuando se han agotado las demás vías de cobro.

    Habría que ver cada caso concreto. Pero estamos hablando de deudas que para llegar a esta actuación antes han tenido notificaciones para ingresar en período voluntario, otro plazo en apremio, embargos de cuentas bancarias, embargos de créditos comerciales, embargos de fondos de inversión y de valores financieros, anotaciones de embargo en los registros de bienes muebles e inmuebles, diferentes avisos, posibilidad de solicitar aplazamiento de la deuda a cada momento...

    El embargo de la caja es un medio que se utiliza en última instancia cuando los anteriores no han tenido éxito y no se ha atendido los diversos requerimientos para ir ingresando la deuda.

    No es un medio que se utilice de forma indiscriminada.

  5. #1
    03/12/12 00:08

    Según la Ley General Tributaria:

    Artículo 169. Práctica del embargo de bienes y derechos. ...... 2. Si la Administración y el obligado tributario no hubieran acordado otro orden diferente en virtud de lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, se embargarán los bienes del obligado teniendo en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el obligado. Si los criterios establecidos en el párrafo anterior fueran de imposible o muy difícil aplicación, los bienes se embargarán por el siguiente orden: a) Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito. b) Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. c) Sueldos, salarios y pensiones. d) Bienes inmuebles. e) Intereses, rentas y frutos de toda especie. f) Establecimientos mercantiles o industriales. g) Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades. h) Bienes muebles y semovientes. i) Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. ...... 4. Siguiendo el orden establecido según los criterios del apartado 2 de este artículo, se embargarán sucesivamente los bienes o derechos conocidos en ese momento por la Administración tributaria hasta que se presuma cubierta la deuda. En todo caso, se embargarán en último lugar aquéllos para cuya traba sea necesaria la entrada en el domicilio del obligado tributario. A solicitud del obligado tributario se podrá alterar el orden de embargo si los bienes que señale garantizan el cobro de la deuda con la misma eficacia y prontitud que los que preferentemente deban ser trabados y no se causa con ello perjuicio a terceros.

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