Me dejan una consulta sobre una noticia de Expansión titulada: “¿Sabe cuánto pagan Iberdrola, Inditex o Telefónica en impuestos?. A primera vista sorprenden algunos de los datos que nos encontramos en dicho artículo, que llevan a dudar de la realidad de los datos que nos dan para supuestamente contestar a la pregunta que nos proponen. De hecho, este post se podía titular perfectamente: “¿sabe Expansión cuánto pagan las empresas españolas en impuestos?”
En la medida que pueda, voy a ir sacando información y confeccionar una serie de post sobre las conclusiones y datos que nos ofrece el artículo de forma detallada. Pero como adelanto, me gustaría explicar una idea global que transmite.
Ese artículo dice que ha subido el importe pagado por las empresas no financieras del IBEX en concepto de pago por el impuesto sobre las sociedades, recordando que está pendiente la entrada en vigor de la bajada del tipo impositivo del impuesto sobre sociedades.
La subida es llamativa y curiosamente no tiene demasiado que ver con que las empresas del IBEX hayan pagado más impuestos. Tiene que ver con un efecto curioso que explicaba en su momento para las empresas financieras. Cuando se anunciaba la reforma fiscal en 2014 explicaba que se reducían los tipos impositivos para todas las empresas, salvo para las entidades financieras. Explicaba que no se bajaban los tipos impositivos a las entidades financieras porque afectaría a sus créditos fiscales, suponiendo un incremento impositivo.
Pues, en realidad, esto es lo que ha ocurrido con las empresas del IBEX; el proceso es sencillo y espero que se entienda con un ejemplo inventado.
Imaginemos que una empresa tiene pérdidas en el año 2010 por valor de 100; por tanto, genera una base imponible negativa para años siguientes por importe de 100; podrá, por tanto, tener en el futuro beneficios por valor de 100 que no estarán sujetos a tributación.
Esto genera un crédito fiscal que se contabiliza en el año 2010; Tendríamos un beneficio de 30, que corresponde a la fórmula de aplicar el tipo impositivo del 30% sobre la base imponible que podremos generar. Dicho de otra forma; si en el futuro podemos ahorrar una base imponible de 100, podremos ahorrar una cuota de 30 que es lo que se contabiliza como un beneficio.
Pero en 2014 nos encontramos con una bajada de tipos impositivos en sociedades; por tanto (asumiendo que no hemos compensado nada), seguiremos teniendo 100 para compensar en bases imponibles posteriores. Pero tenemos un cambio importante. Resulta que el poder ahorrar los impuestos de 100 supone 25 (si pensamos compensar en un ejercicio en el que tengamos que pagar el 25% de nuestra renta).
Como teníamos contabilizado un crédito fiscal de 30, nos encontramos ahora con un exceso de impuestos “a ahorrar” en el futuro de 5, de tal forma que hemos de contabilizar la subida de impuestos.
Esta es la razón fundamental por la que el coste del impuesto de sociedades se incrementa, pero lo curioso es que el Estado no va a cobrar menos y ni las empresas no van a pagar más. Resulta que en 2014 se conoce una norma que implica que se van a pagar menos impuestos en el futuro; Cómo se había contabilizado un ahorro futuro en impuestos y este ahorro va a ser menor tenemos un incremento de los costes; pero claro, ni las empresas pagan estos impuestos, ni el Estado los cobra.
Con un poco de tiempo iré preparando una serie de post para cuantificar esto.