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Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

29 respuestas
Propuesta de Adicae a Luis de Guindos
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#17

Re: Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

Te creo. Los hechos que denuncias constituirían un caso típico de irresponsabilidad de tu Abogado y ronda lo delictivo en el caso del Juez, pues bien claro lo dice ese artículo. Se trata de un derecho a pedir la separación a los AA.CC. y si estos lo deniegan, a promover un incidente concursal. PERO EN ESTE CASO, el problema radica en que al sentenciar ese Juzgado que los sellos son propiedad de la concursada, se ha cerrado el paso al ejercicio del derecho de separación A TODOS LOS ACREEDORES pues, tal derecho corresponde AL QUE SEA PROPIETARIO DE LOS SELLOS, NO AL QUE SE CONSIDERE A SÍ MISMO PROPIETARIO O DESEE SERLO (DONDE HAY CAPITÁN NO MANDAN MARINEROS).
dE ESTA MANERA

#18

Re: Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

Amigo lucanor, yo soy de los que piensa que la intervención de forum y Afinsa obedece a un interés por parte de la banca , para que estas empresas desapareciesen.
Pero también creo, que las palabras de los políticos no sirven de nada, asi que mucho me temo que el PP nos prometio muchas cosas, y que cumplirán nada, o solo una parte de lo prometido.

#19

Re: Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

¿ Pero qué película me estás contando, Lucanor ?. Alguien que ha adquirido un bien mediante un contrato de compraventa y que ha hecho efectiva dicha compra, es el legítimo propietario del bien que ha adquirido, ¡ LO DIGA QUIEN LO DIGA, INCLUIDO EL JUEZ PREVARICADOR DE TURNO, POR MUY CAPITÁN DEL TITANIC QUE ÉSTE SEA!.

¡Coño!, ¡que me pareces una persona inteligente!. ¡No me hagas comulgar con ruedas de molino !.

El juéz de lo mercantil ha prevaricado en primera instancia , ¡y a conciencia! con la inestimable ayuda de los letrados que declararon ante él que sus clientes realizaron operaciones financieras, no mercantiles, TAL Y COMO HA SENTENCIADO EL TRIBUNAL SUPREMO, con la única finalidad de "trincar" cuanto antes. Pero ¡claro!, ¡como ante su sentencia cabe recurso a la Audiencia Pronvincial, esperaremos a ver qué es lo que dice la misma !!!. ¿ Qué va a decir la AP.? ,salvo que estemos en Venezuela o en Cuba ¡ QUE LOS PUTOS SELLOS SON PROPIEDAD DE LOS CLIENTES QUE LOS COMPRARON LEGÍTIMAMENTE ! ¡COÑO !. Y mi abogado, el que se negó a ejercer mi derecho de separaciòn EN EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO, es un digno candidato a cortarle los "güitos" y metérselos por su puta boca , por cabrón.

¡ Vamos a ser realistas, aunque solo sea una vez, y llamemos a cada cosa por su nombre !!!.

Soy perfectamente consciente de que, la mayoría de los clientes de éstas empresas, no compraban filatelia para incluirla en su colección particular, si no que lo hacían con ánimo de lucro-especulativo totalmente legítimo. Pero eso no anula el hecho cierto de que compraran dicha filatelia y sean sus legítimos propietarios.

¡ANTES,ANTES, ANTES, ANTES, ANTES de que el juéz dictara sentencia, era el momento procesal oportuno para presentar incidente concursal y ejercer el derecho de separación a que hace referencia el art. 80 de la LEC.!. ¡Pero, claro!. Si en lugar de ejercer éste derecho, te dejas pasar el plazo de reclamación por que te has quedado mirando para Cuenca.......!!

¡Joder, Lucanor !.¡Me estás fallando!. Yo reconozco que sé de leyes lo justo como para hacer un pliego de descargo, pero es que ésto.... ¡clama al cielo!

#20

Re: Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

Hasta que no haya una Sentencia firme de la jurisdicción civil sobre los contratos, hay opiniones para todos los gustos e intereses. Por raro que te parezca, los Juzgados de lo Mercantil pertenecen a la jurisdicción civil, que es la competente sobre la materia y, salvo el supuesto excepcional de que la APM anule las Sentencias de los Juzgados de lo mercantil, estas sentencias ganan a los puntos a las del Tribunal Supremo de lo Contencioso pues, UN TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO NUNCA PUEDE CREAR JURISPORUDENCIA SOBRFE UNA MATERIA QUE ES COMPETENCIA DE OTRA JURISDICCIÓN (PENAL, civil, laboral).
Pongamos el caso de que el TS (Sala de lo Contencioso) hubiera dicho en sus Sentencias o en algunas de ellas que el negocio de Forum y Afinsa era DEFRAUDATORIO. ¿dIRÍAS TÚ QUE HAN SENTADO JURISPFRUDENCIA QUE VINCULA A LOS tRIBUNALES DE LO pENAL ?.
NATURALMENTE DIRÍAS QUE NO....

eNTONCES, DEJAD DE DECIR QUE EL ts HA DICHO QUE ERAN COMPRAVENTAS PUES, NI LA SALA DE LO CONGTENCIOSO ES COMPEGTENTE , ni crea jjurisprudencia al respecto que pueda vincular lo más míno a los Tribunales de lo Civil (Jueces Mercantiles, APM, TS Sala de lo Civil), máxime cuando la propia Sala de lo Contencioso ha dicho en una Sentencia reciente sobre el tema de >Forum y Afinsa que, LA CUESTION DE LA NATURALEZA DE LA RELACION JURIDICA ENTRE ESTAS EMPRESAS Y SUS CLIENTES QUEDA <>, y que será la Jurisdicción Civil competente quien deba decidir la EXACTA NATURALEZA JURIDICA DE DICHA RELACION.
dICHO EN CUATRO PALABRAS: lOS tRIBUNALES DE LO CONTENCIOSO (AN y TS Sala 3ª, SE HAN LIMITADO A CUMPLIR CON LA MISION QUE TENIAN ENCOMENDADA: salvar al estado y a los orgasnismos supervisores >DE LA RESPONSABILIDAD EN QUE HAN INCURRIDO, pero, HAN PASADO DE OPUNTILLAS Y SIN PRONUNCIARSE DE FORMA VINCULANTE PARA NADIE Y SIN ANALIZAR NINGUNA PRUEBA, sobre la cuestión de la naturaleza y calificación de los contratos y, en su consecuencia, de la actividad desarrollada por dichas empresas durante tantos años.

Se ha construído la casa empezando por el tejado, pues lo que dice la lógica ( ! bien escasísimo en este pais plagado de zoquetes y corruptos !) es que debió ser la Jurisdicción la primera en dictar una Sentencia firme sobre esos gtemas de su competencia exclusiva, y en base a lo decidido por dicha jurisdicción, las sentencias de lo contencioso-administrativo y de lo penal HABRIAN CAIDO POR SU PROPIO PESO en la línea marcada por la jurisdicción civil, pues tanto en lo penal como en lo contencioso, la base de o núcleo fundamental de la discusión recae sobre esas materias de competencia de la jurisdicción civil.

Los Gobiernos han acelerado al máximo la vía contenciosa para que hubiera sentencia de ésta antes que se pronunciase la vía civil y, ahora que lo han conseguido, lo que van a hacer los políticos es PARALIZAR EL MAYOR TIEMPO POSIBLE la vía penal y la civil/concursal (APM), dando tiempo a que se disuelvan las plataformas de afectados, desistan los despachos de Abogados y la práctica totalidad de los expoliados acaben asumiendo que han perdido su dinero.

Un ejemplo de MANUAL DEL COMPORTAMIENTO RUÍN, MALÉVOLO Y MAQUIAVÉLICO DE UN eSTADO PARA CON SUS CIUDADANOS AHORRADORES SACRIFICADOS, A QUIENES HA APUNTILLADO EN VEZ DE PROTEGERLOS.
dEJAD DCE ECHAR LA CULPA A LA bAANCA, QUE SÍ QUE ESTABA ALERTADA POR EL CRECIMIENTO VERTIGINOSO DEL LAS SUMAS DE DINERO DERPOSITADAS EN ESTAS EMPRESAS. lOS CULPABLES SON LOS DOS PARTIDOS POLÍTICOS QUE, DESDE 1999 APROXIMADAMENTE, YA ESTABAN MÁS QUE SOBREAVISO DE LO QUE ESTABA PASANDO. cADA PARTIDO HA HECHO LO POSIBLE PARA "machacar a los afectados"

El PP - cuando ve las orejas al lobo en 2003, insertó a la fuerza y a toda prisa la D.A. 4ª. en la Leu de Instituciones de Inversión Colectiva, que no tenían nada que ver con la actividad de Forum, Afinsa y Arte y Naturaleza, y esa D.A. 4ª no se publicó para proteger a los clientes/inversores de estas empresas sino para MANDARLES A SANIDAD Y CONSUMO ! jA, JA, JA !. vaya cachondos. Estaba claro que ya empezaron a crear un cortafuegos legal frente a las futuras demandas de RPE. y luego el PSOE, como ve que el volumen de negocio y de compromisos económicos contraídos por las empresas practicamente se había duplicado entre 2001 a 2004 y amenazaba con triplicarse en los proximos 2004 a 2008, alarmado (y ahí coincidió con la alarma del sistema bancario que veía cómo perdía clientes a chorros, atraídos por la superior rentabilidad ofrecida por las empresas aludidas) DECIDIO INTERVENIRLAS Y CORTAR POR LO SANO.

¿ qUE HUBIERA OCURRIDO SI LAS EMPRESAS HUBIERAN SEGUIDO ACTUANDO HASTA EL DÍA DE HOY: lA RESPUESTA PARECE FÁCIL. yO CFREO que el total de compromisos económicos de pago a clientes asumido por las empresas y el númerfo de cliengtes, SE HUBIERAN TRIPLICADO EN EL PERIODO 2006 A 2012, Y AHORA ESTARÍAMOS HABLANDO de cerca de 1.400.000 clientes y de unos compromisos de devolución a clientes (al vencimiento de sus contratos), SUPERIOR A LOS 15.000 millones de euros. Simplemente, algo que pone los pelos de punta al más pintado.

#21

Re: Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

A mí lo que me pone los pelos de punta es el total de los "compromisos de devolución" de los bancos, que multiplican por mucho la cifra que tú planteas.

Lo tuyo es una simple especulación. Lo de la banca una vergonzante realidad. Tú puedes aventurar lo que quieras acerca de lo que habría sucedido con las empresas. Sin embargo tenemos a España hundida en la crisis y seguimos alimentando a la banca con unas cifras multimillonarias que alcanzan un montante escandaloso. Por no hablar de la connivencia con la clase política.

Y ahí ¿No se debería haber cortado por lo sano? ¿Cuánto dinero se le ha dado a la banca bajo la apariencia de préstamos que todos sabemos que son irrecuperables? ¿Qué lazos unen a la banca con la clase política e incluso con el poder judicial?

Por cierto, me habría gustado también oir a esa Iglesia Católica, tan sensible y combativa en temas de educación, aborto, matrimonios gay, etc. etc. alzar su voz, convocar manifestaciones y denunciar desde los púlpitos este saqueo al que se está sometiendo a todos los españoles.

Pero ya dice el refrán que ningún loco tira piedras a su propio tejado.

#22

Re: Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

Lucanor. La Audiencia Provincial de Madrid, órgano jurisdicional civil competente, ya se pronunció en su día sobre la naturaleza jurídica de los contratos en el caso de Fórum. Con lo cuál, ahora no creo que diga lo contrario con los contratos de Afinsa. Según la Audiencia Provincial, los contratos de Fórum son mercantiles.

Las sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid sostienen que las revalorizaciones deben tener la misma calificación que las imposiciones de ahorros por cuanto el Tribunal mantiene que se trata de contratos mercantiles y no financieros, pues en este segundo supuesto las cifras que correspondieran a intereses ordinarios o moratorios tendrían, por mandato legal, la calificación de créditos subordinados".

http://www.gpsnews.es/2010/03/26/la-audiencia-provincial-de-madrid-da-la-razon-a-los-perjudicados-de-forum-filatelico/

#23

Re: Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

La Sentencia de la APM a que refieres, equiparó para el caso concreto de los que recurrieron sobre la calificación de sus créditos, y equiparó - literalmente - las imposiciones efectuadas por los inversores a los beneficios garantizados, y consideró que éstos eran CREDITOS ORDINARIOS Y NO SUBORDINADOS. eSA sENTENCIA SÓLO SE PRONUNCIÓ SOBRE ESTE PUNTO CONCREDTÍSIMO, pero no sobre el fondo del asunto, es decir, sobre la calificación jurídica de los contratos y sobre la clase de actividad realizada por Forum, o lo que es lo mismo, LOS ACREEDORES DE FORUM SEGUIMOS A LA ESPERA DE QUE LA AUDIENCIA PROVINCIAL RESUELVA EL RECURSO DE APELACION DE LA EMPRESA CONTRA LAs SENTENCIAs del J.Mercantil 7 de Madrid, que declaró que los contratos eran DEPOSITOS REMUNERADOS DE DINERO, LOS INVERSORES ERAN acreedores, las cantidasdes invertidas eran CREDITOS ORDINARIOS Y LOS INTERESES DEVENGADOS HASTA EL DÍA DE LA DECLARACIÓN EN cONCURSO Y NO SATISFECHOS POR LA EMPRESA, ERAN creditos subordinados , que es como los tenemos considerados todos los acreedores, salvo los que recurrieron ese "chocolate del loro" pues ¿Qué lo mismo dá que ese pequeño pico de intereses de 3, 5 ó 7 meses te lo consideren crédito ordinario o subordinado si sólo hemos cobrado en Forum un 10% y, a lo más, cobraremos otro 10 o 12% en los próximos tres, cuatro, cinco años.

Te aseguro que yo tengo reconocida la condición de acreedor ordinario por el dinero que entregué, y subordinado por los rendimientos acumulados desde que firmé el contrato. ACREEDOR Y NO PROPIETGARIO DE LOS SELLOS.

conclusion 1ª. La APM no se ha pronunciado sobre las Sentencias del Juzgado nº

#24

Re: Propuesta de Adicae a Luis de Guindos

nº 7, y Conclusión 2ª: Los inversores seguimos teniendo la condición de ACREEDORES, lo que es radicalmente incompatible con la condición de Propietarios de la filatelia pues, en tanto una Sentencia de la APM no anule las Sentencias sobre el fondo dictadas por ese Juzgado nº. 7, LA PROPIEDAD de la filatelia sigue siendo de FORUM. !CRÉEME! si te digo que todavía no hay Sengtencia de la APM que haya resueto el fondo del asunto con efectos para todos los acreedores.

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