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Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE

13 respuestas
Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE
Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE
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#1

Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE

Si no os importa quiero preguntaros, si habeis firmado algún otro documento distinto al de inscripción como meros socios, como pudiera ser, un poder notarial, aquellos que estais afiliados en la ACU. o en ADICAE .

Formulo ésta pregunta por que, caso de que no haber otorgado el correspondiente poder general para pleitos y otras acciones ante Notario, ¿ alguien me puede explicar cómo os van a representar en las vías: penal, administrativa, concursal y, finalmente, dar o nó su apoyo en vuestro nombre y representación a un convenio de acreedores ?.

Si no habeis otorgado el correspondiente poder, sencilla y literalmente, estais en "tierra de nádie" .

Caso de no ser así, no teneis por qué preocuparos.

#2

Re: Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE

Supongo Roberto que cuando dices ACU en realidad has querido decir OCU, lo digo porque hay otra asociación llamada ACU soluciones...
Tengo entendido que las asociaciones de consumidores no necesitan poderes notariales para pleitos, debido a que no son asociaciones creadas al efecto para un caso concreto sino que defienden casos de interés general y eso las exime de cosas como esta....
Por otro lado, efectivamente creo que el tema del voto debiera aclararse, los afectados tenemos derecho a votar y eso debe ser respetado, una asociación, sea cual sea debe presentar al juez la relación de socios que quiera adherirse al convenio...no me vale que porque la junta directiva esté a favor o en contra presente los votos a su libre albedrío...ala...señor juez, sume 3.000 más, que como nos dieron los poderes y a mi me gusta el convenio ...o el caso contrario en caso de las oficiales...

#3

Re: Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE

Segun la ley, los asociados de plataformas estatatales reconocidas por el Estado, no tienen que firmar ningun tipo de poder. Funcionan de otra manera.

Informate antes de hablar.

#4

Re: Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE

Por el contrario yo, tengo entendido que las denominadas Asociaciones de interés general, tienen ciertos derechos y pueden disfrutar de algunos beneficios-privilegios que, en caso de no tener tal calificación, no podrían ser beneficiarias, por ejemplo, subvenciones del Estado, ayudas para el sostenimiento de sus instalaciones, etc. etc.

Por lo que se refiere al tema de votación del convenio, creo que es algo que ya sabes, que en el caso de Fórum, el juéz no ha permitido la adhesión o nó a título individual, si no a través de representación legal, salvo circunstancias de manifiesta imposibilidad. Con este movimiento, el juéz, se pasa por “ ahí “ el artículo 118 de la LEC. dejando a los afectados con el “pompi” al aire. El caso es continuar cometiendo irregularidades, hasta el día que alguien se canse y meta fuego a la falda de camilla ( dicho desde todos los respetos y sin ánimo de prender fuego a nadie ).

Como en éste mundo tiene que haber de todo, ( la prueba la tienes con Kanoo ) y yo particularmente tengo la cabeza para algo mas que para “raparme” los cuatro pelos que me quedan, me extraña soberanamente que una asociación, por muy de interés general-evangélica-religiosa-sin ánimo de lucro que sea, NO TIENE CAPACIDAD LEGAL ALGUNA para presentar querella o reclamar cantidades en nombre y representación de alguien que, previamente, no le haya otorgado el correspondiente poder ante Notario.

La asociación como tal, puede personarse en todos los procesos que les venga en gana, pero EN NINGUNO de éstos procesos podrá reclamar absolutamente nada, en nombre de nadie ( salvo en el suyo propio, o en la persona que LEGALMENTE represente a ésta ) que no les haya otorgado poderes.

Kanoo .- Ahora vas y lo cascas y, después, me buscar esa Ley tuya que dice lo contrario.

#5

Re: Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE

Robertos, yo es que alucino de lo inteligente que eres............te han propuesto para realizar el convenio de Afinsa? si no es asi se han equivocado totalmente, contigo se aprobaría seguro.

Habla Robertos y pide marmol. Yo te propongo para nuevo Presidente de Afinsa.

Ah, y cuidate esos cuatro pelos que te quedan.............yo, como pienso poco, tengo una mata de pelo que no veas.

#7

Re: Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE

Kanoo. Y tú, ponte el cerebro e interpreta debidamente la Ley.
18.Las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Cooperativas representadas en el Consejo de Consumidores y Usuarios, además de disfrutar de los beneficios a los que se refieren los artículos 16 y 17 precedentes, podrán:
1.Ejercer las correspondientes acciones en defensa de los intereses generales de los consumidores y usuarios, dentro del ámbito territorial y funcional propio de la Asociación. En el caso de que tales acciones se ejerzan ante los Tribunales de Justicia en defensa de los derechos a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley, http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lgdcu.html dichas Asociaciones gozarán del beneficio de justicia gratuita.6
2. Iniciar aquellos procedimientos administrativos o procesos judiciales que afecten a los intereses generales de los consumidores, o intervenir en ellos, dentro de su ámbito territorial, en los términos previstos por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley General de Publicidad, y demás normas que reconozcan la legitimación de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios. También en este caso, y con las mismas condiciones que establece la Ley, las Asociaciones podrán disfrutar de justicia gratuita. 7
3. Integrarse en los órganos de arbitraje a que se refiere el artículo 31, apartado 3, de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, con arreglo a las normas que los regulen, aun cuando en las cuestiones litigiosas que se sometan a los mismos no sean parte sus asociados. 8
El artículo 2.2 de la Ley, lo único que dice es : 2. Los derechos de los consumidores y usuarios serán protegidos prioritariamente cuando guarden relación directa con productos o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado.

Si te fijas bien en el artículo 18, apartados 1 y 2, habla de la defensa de los intereses GENERALES de los consumidores, NÓ de los intereses de los afectados de Afinsa o Fórum Filatélico.

Sigo esperando a que me indiques el apartado de la Ley que dice que, para votar a favor o en contra de un convenio,o para realizar una reclamación patrimonial al Estado en TÚ nombre, no es necesario que otorgues poderes.

#8

Re: Pregunta para los que estais en ACU. y ADICAE

Ahora te lo buscas tu por grosero y por ser el que pone en duda mi afirmación. Yo no soy de ADICAE y me importa un pimiento, pero las cosas funcionan y son asi para las asociaciones estatales.

Que aburrimientoooooooooooooooo eres una petarda, Robertos.

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