Por si eres de Gil Robles, o para aquellos que lo sean, este es su último comunicado.
A todo esto y habiendo pasado los 10 días de plazo, nadie ha entrado en prisión todavía. Valiente justicia tenemos.
COMUNICADO
1.- Mediante Sentencia de 21 de noviembre de 2017 el Tribunal Supremo modificó la Sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, dejando la duración de las condenas en la siguiente forma:
– Juan Antonio Cano Cuevas: 8 años y 7 meses
– Albertino de Figueiredo Nascimento: 8 años, 4 m eses y 15 días
– Carlos de Figueiredo Escribá: 8 años y 4 meses
– Vicente Martín Peña: 8 años y 5 meses
– Emilio Ballester López: 8 años y 4 meses
– José Joaquín Abajo Quintana: 6 años y 3 meses
– Esteban Pérez Herrero: 4 años
– Ramón Soler Antich: 3 años y 1 día
– Francisco Guijarro Lázaro: 2 años
– Juan Domingo Brualla: 2 años y 3 meses
– Jordi Domingo Brualla: 2 años y 3 meses.
2.- La misma Sentencia condena como responsables civiles a esas personas los Sres. Pérez Herrero Guijarro Lázaro con carácter subsidiario y Soler Antich y como terceros responsables a título lucrativo a Dña. Felisa Montoro Feijoo, Doña Natalia Guijarro, D. Rubén Guijarro Montoro, D. Juan Javier Guijarro Montoro y Dña Sonia Guijarro Montoro, debiendo ponerse el dinero que se obtenga a disposición de la Administración Concursal para que lo distribuya entre los perjudicados.
3.- Varios de los condenados presentaron escritos promoviendo incidentes de nulidad de actuaciones contra la Sentencia del Tribunal Supremo, como paso previo a un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Concretamente lo hicieron D. Joaquín José Abajo, D. Jordi Domingo y D. Juan Domingo, D. Ramon Soler, D. Emilio Ballester, D. Esteban Pérez , y D. Carlos Figueiredo.
Nosotros nos opusimos a esos recursos de nulidad que han sido desestimados por auto del Tribunal Supremo de 7 de febrero de 2018,
4.- En consecuencia, la Audiencia Nacional, mediante ejecutoria de 12 de febrero de 2018 (que ha tenido amplia difusión en los medios de comunicación), ha requerido a los condenados para que dentro del plazo de diez días ingresen en prisión y para que paguen las cantidades a que han sido condenados.
5.- D. José Antonio Cano Cuevas, D. Jordi Domingo Brualla y D. Juan Domingo Brualla han manifestado su intención de entrar en prisión. D. Jordi y D. Juan Domingo Brualla han solicitado indulto y suspensión de ejecución de la penal y D. Ramón Soler Antich solicitud de suspensión de la pena.
6.- Informamos en su momento de las resoluciones que recaigan respecto de estos intentos de evitar el cumplimiento de las penas.