Sobre responsabilidades públicas y consejos
Sé que lo que voy a decir no va a gustar a muchos, pero creo que hay que decir las cosas como son y no decir a los afectados lo que quieren oír; o que éstos no se quieran engañar a sí mismos.
Se habla de pedir la responsabilidad civil del Banco de España, a las autoridades de consumo o incluso al gobierno por no haber actuado a tiempo, permitiendo que todo esto llegase a suceder. Creo que, con lo que se sabe hasta ahora, no hay base para hacerlo.
En cuanto al Banco de España, no tiene facultades de supervisión porque las sociedades de inversión en bienes tangibles no se consideran entidades financieras. No es que el Banco de España se negase a supervisarlas y hubiese dejación de funciones: es que no le correspondía, legalmente no podía hacerlo.
En cuanto al Instituto de auditores, se limita a supervisar la actividad formal de los auditores, no examina el contenido o corrección de las auditorías que éstos realizan.
En cuanto a las autoridades de consumo, a las que la Ley 35/2003 atribuyó la supervisión de estas sociedades, en realidad no la pueden desarrollar. Ha de tenerse en cuenta que la materia de consumo corresponde a las comunidades autónomas; pero la materia de consumo lo que comprende es la supervisión de que en las relaciones entre empresas y consumidores no se infrinjan las normas de Derecho del consumo en el sentido amplio. Pero la supervisión de las sociedades no corresponde a las comunidades autónomas, sino al Estado: Banco de España, CNMV, Dirección General de Seguros... Por lo tanto, la regulación de la disposición adicional cuarta de la Ley 35/2003 en realidad no está atribuyendo la supervisión a las autoridades de consumo, sino creando un vacío al impedir que el control pueda realizarse por alguna de las instituciones citadas. Por otro lado, las administraciones de consumo y demás de supervisión están tan infradotadas en medios y personal que no pueden ni atender las denuncias que se les presentan. ¿Cuánto tardan en resolver las reclamaciones las agencias regionales de consumo, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, la Agencia de Protección de Datos...?
En cuanto al Gobierno, dicho, el legislativo, sí tiene la culpa de que estas cosas puedan pasar. El problema es que la jurisprudencia es extremadamente restrictiva a la hora de atribuir responsabilidades al Estado-legislador. Así que veo muy difícil que los tribunales vayan a condenarle como responsable civil.
Y digo que tiene responsabilidad porque cuando se aprobó la Ley 35/2003 ya había estallado el caso Banfisa, Banco Filatélico, también del mismo sector. Ya se vio entonces que no había ningún supervisor, ningún control, ningún fondo de garantía. Asociaciones de consumidores y profesionales del Derecho del Consumo pedimos que se estableciera ese control, a través del Banco de España o la CNMV, y que se incorporasen al fondo de garantía de depósitos o de inversiones. En lugar de eso, lo que hizo el gobierno de entonces fue simplemente regular las formalidades a cubrir por estas empresas en sus contratos, lo que no garantiza nada, porque queda sujeto al autocontrol; también se les prohíbe denominarse entidades financieras, y se les obliga a realizar auditorías anuales, que se deben enviar a las autoridades de consumo; y se establece un régimen sancionador mínimo. Pero, como ya dije, esa supervisión por las autoridades de consumo en realidad es nula, es eliminar todo control. Y el Gobierno actual no ha hecho nada para cambiar las cosas, ni tiene ninguna propuesta al respecto en su Proyecto de Ley de mejora de la protección de los consumidores, actualmente en trámite parlamentario, y que podía haber aprovechado para arreglar la situación.
También el legislador tiene responsabilidad por lo corto que se quedó al aprobar el reglamento para la lucha contra el blanqueo del dinero, desoyendo las peticiones de la asociación de inspectores de hacienda y de la unidad especializada de la Guardia Civil. Mientras no se adopten medidas más severas como las que éstos