Re: El banco me dice que tengo un fondo garantizado, pero, ¿es mio?
Efectivamente no has hecho nada malo... pero podrias hacerlo:
DE LA APROPIACIÓN INDEBIDA.
Artículo 252
Serán castigados con las penas del artículo 249 ó 250, en su caso, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros. Dicha pena se impondrá en su mitad superior en el caso de depósito necesario o miserable.
Te paso, por si te entra la duda, las penas del artículo 249 y 250:
Artículo 249.
Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros...
Artículo 250.
1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de un año a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:
...
5) el valor de la defraudación supere los 50.000 euros.
Creo que no llegas a la pena del artículo 250, pero la del 249 es segura.
Mi opinión personal ante lo que estás pensando me la guardo... para todo lo demás el código penal