La última marranada de CajaMadrid
En los primeros meses del 2006 dejé inactiva una cuenta corriente que tenía en CajaMadrid.
Para cerrar la cuenta llamé varias veces por teléfono y fui a una sucursal de otra ciudad donde me dieron un resguardo que pone "solicitud cancelación cuenta" con el sello de CajaMadrid.
Como me seguían llegando extractos con los cargos de tarjetas, mantenimiento y comisiones e intereses por descubierto, ayer me personé en la oficina donde tengo la cuenta y pedí al Cajero que la cerrase.
Me quedé atónito cuando el Cajero me contestó que si no pago el descubierto no podía cerrarla. El descubierto está originado en su totalidad por los cargos que me han hecho durante el periodo que la cuenta ha estado inactiva, y ya llega a 90€.
No quiero pagar esos 90€ porque si la hubiesen cerrado la primera vez que lo pedí, el descubierto quizás fuese de 2 ó 3 Euros. Además, hay sentencias que dicen que no pueden cobrar si el descubierto se debe sólo a cargos durante el periodo que la cuenta ha estado inactiva.
La propia definición de cuenta corriente bancaria dice: "La cuenta corriente bancaria puede cerrarse por decisión unilateral de su titular en cualquier momento." Por tanto, en ningún caso pueden impedir que alguien cierre una cuenta y, de estar en descubierto, el cerrarla no conculca su derecho a reclamar el saldo deudor por cualquier medio admitido en derecho.
Pero impedir que cierres la cuenta para seguir cargandote gastos, en mi opinión, es un delito de coacciones. Así pues, el lunes presentaré una denuncia contra el Director y el Cajero de esa oficina de CajaMadrid ante el Juzgado de Guardia pidiendo además, una indemnización de 3.000€ por los perjuicios ocasionados.
Ya sabemos que, probablemente, el Cajero y el Director, seguirían instrucciones de CajaMadrid, pero eso no no está escrito en ninguna parte ni se puede demostrar. Y si hay algún problema, como en este caso, CajaMadrid dirá "yo no se nada de eso, es cosa de dos empledos", así que es inútil denunciar a CajaMadrid, lo único que puedo pedir es su responsabilidad subsidiaria en el caso de que sus dos empledos no paguen la indemnización, en el caso de ser condenados.
Lo más gracioso de todo es que la cuenta no está a mi nombre sino a nombre de una sociedad de la que soy Administrador. Esta Sociedad está inactiva desde hace varios años y no tiene ningún Activo ni Pasivo, por tanto, quien quiera cobrarle algo a esa Sociedad, a la presunta deuda que reclamen tendrán que añadirle los gastos y costas judiciales ocasionados. Listos que son los de CajaMadrid.