A ver ...... intuyo por donde van los tiros ........ últimamente los bancos prestan sobre el menor de los valores (precio venta o valor de tasación) entonces si la tasación es de 140.000 no pueden porque al vender a 70, pues el 80% del menor son 56.000 €, entonces precisan "vestir el santo" o sea que se diga que esto se tasa en 140 y además es el precio de venta, ningún problema para ellos, pero empiezan para ti .... vamos a ver si compra por 70, con los gastos como mucho son 80, para que quiere los 30.000 restantes ... ah .. puede que reformas ..... bien .... a lo mejor no será tu caso, pero no hace muchos días que aparció un forero nuevo, preguntando como podría evitar problemas con esto, porque en su caso no fue solo un papel (que como te comentaré también tiene su importancia) además lo puso en la escritura, o sea que declaro un precio de venta mucho mayor, y claro ahora vendrá hacienda dónde tendrá que pagar por el beneficio, si la escritura pone 140, pues son 140 ¿como se justifica esta historia? indicando que son comisiones de la agencia, pues habría una factura .... es que no la hay.... y aunque la hubiera ¿como se justifica una comisión del 30 ó 40% del valor? ...
Imaginemos que la escritura se hace por 70.000 y la hipoteca por 110.000 ¿que pasará cuando esto llegue al registro de la propiedad, que a la vez es oficina liquidadora de impuestos? pues que si un banco presta 110.000 por una finca que se declara en 70, el sentido común indica que como mínimo vale 110, sino de qué prestan 110???????????????? o sea "revisión al canto" .............
Bueno y ni te digo si tienes inspección de hacienda y piden colaboración al banco, es normal que ante inspecciones, al menos en empresas, que hacienda busque datos de terceros para verificar temas, y sale el jodido papel donde declaras que lo vendes los 140 ¿que va a ocurrir?
Yo entiendo que ante la apatía del mercado hay que hacer lo que sea para vender, sin embargo no sé si los riesgos que tomas compensan ........