Se ha escrito mucho sobre el tema de las participaciones preferentes en general, al principio incluso algunos foreros redactaron un manual sobre posibles acciones a poner en marcha, aunque no se si los últimos cambios legislativos, que son básicamente permitirte conocer la cotización de tu producto y por lo tanto darte una idea de a que precio lo puedes colocar, han debido afectar a la forma de actuar.
Si estás un poco al tanto, habrás visto que diferentes entidades han ofrecido diferentes soluciones para el intercambio de las PP por otros productos, en muchos casos como en el de Bankia ofrecieron cambiar algunas de sus emisiones por acciones y las perdidas han sido enormes del orden del 40% o más por la depreciación de la acción, se que La Caixa, ofreció a sus clientes el esperar unos cuantos años y entonces les devolvería el 100% de su dinero, creo que el tiempo de espera rondaba los 10 años. Como verás ha habido tantas formas de responder al problema como entidades.
Como norma general y dependiendo de cuando realizases la contratación de tus PP, por el tema de si estaba en vigor el tema del MIFID, creo que entro en vigor en en 2007, lo que se puede hacer intentar probar si en la contratación de dicho producto hubo o no engaño, al ser un producto de riesgo. Creo que hay casos particulares en los que se ha conseguido, pero creo que debe ser muy complicado si lo único que se tiene es la palabra de uno contra la del banco. Lo de la directiva MIFID sería prueba suficiente si ese producto lo hubieses contratado posteriormente al 2007 y el banco no te hubiese realizado dicho test para comprobar tu nivel de riesgo como cliente, si la contratación se realizó antes o bien el banco te realizó el test no habría mucho que hacer.
Tu seguramente considerarás que el banco no te dio toda la información sobre el producto contratado, pero si lo único que tienes para demostrarlo ante un juez es tu palabra, como comprenderás la cosa es bastante complicada.
Saludos