Las entidades bloquean las cuentas en cuanto tienen notificación de que su titular ha fallecido.
Y así seguirán hasta que los herederos presenten documentación al respecto de la liquidación del impuesto de sucesiones.
El bloqueo tiene dos fines: el primero es "proteger" el saldo de la cuenta y el segundo es protegerse ellos mismos, ya que, caso de que no se presente en tiempo el impuesto de sucesiones, ellos serían los responsables de esto (salvo que la normativa haya cambiado).
Otra cosa es que la cuenta tuviese varios titulares. Si es así y solo ha fallecido uno de ellos, podrían bloquear la parte correspondiente (el 50% si son dos titulares, un tercio si son tres... y así sucesivamente).
Suerte a todos.
no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida