Desde un pv fiscal y juridico una cosa es la titularidad de las cuentas y otra su disponibilidad.
En cuanto a la titularidad, las cuentas pueden estar a nombre de un solo titular o de varios. Desde un pv fiscal, si no se dice nada en contra o salvo prueba en contra, los cotitualres son copropietarios por partes iguales del deposito.
A la hora de disponer, la dispsicion puede ser indistinta (cualquiera puede sacar todo) o mancomunada (deben firmar todos, o algunos deben firmar en cia de otros). Lo de manomunado es muy tipico en determinadas sociedades y cuentas (que firmen el gerente y el presidente p.ej.) Desde un pv fiscal no tiene importancia. Lo importante es la titularidad 8no es lo mismo ser titualr que autorizado)
Tampoco tien importancia ser primer o segundo titular
saludos