Vamos a ver, ellos están presionando para cobrar, y por ello su obligación a efectos de control de riesgos (posibilidades de impago) es intentar cobrar .....!!!! dicho ello ... ten en cuenta que se ponen "flamencos", bien, repito es su obligación, ahora vayámos un paso más alla, y hagamos un ejercicio de ponernos en su lugar, a veces es la forma de encontar soluciones !!!!
Yo soy el Banco Petersen ... tengo a un cliente que tiene ya un préstamo, me debe 10.000 € y dice que no me puede pagar, lo primero que haré es presionarle a ver si consigue el dinero de alguna parte y así resuelvo el problema ¿de dónde? pues a ver si pide ayuda a la familia, o si contrata un préstamo tipo Cofidis, me paga y el problema se lo queda dicha Cofidis, Cetelem o quien sea.
Pero resulta que el cliente, a pesar de "haberle leído la cartilla", amenzarle con embargos, etc., pues como debajo de las piedras no suele haber dinero, que dice que lo siente, y evidentemente yo Banco Petersen no cobro.
Ahora vamos a ver que puede hacer el banco contra eso, y ésta tiene que ser tu arma de negociación, es la clave !!!!
Si no cobran, tendrán que instar una demanda judicial, normalmente mediante un proceso monitorio, que como cualquier juicio es lento, porque los juzgados están colapsados, y la deuda se va a incrementar con los gastos de abogado, que vale que te condenarán a pagarlos, y a lo mejor consiguen cobrarlos dentro de unos años, pero de momento los 10.000 ya van a ser 12.000 como poco ..... Yo banco tengo un nuevo problema, y es que y valga la redundancia, dicho problema de cobro se incrementará en un 20% como poco.
Ahora pensemos en la opinión del juez, que no puede ser otra que dar la razón al banco, si señores tienen ustedes razón, este cliente les debe 10.000 €, me lo han demostrado y los gastos son 2.000 €, por tanto condeno al cliente a pagar 12.000 €,y le otorgo 20 días para hacerlo, si no puede, no quiere, o pasa de todo, ustedes pídanme la ejecución de la deuda, yo se la voy a conceder, y podrán "arramblar con todos los bienes que tenga el cliente".....
¿Me vas siguiendo?
Pero claro, señores del Banco Petersen, solo les permitiré "arramblar" con lo que legalmente la ley permite, por ejemplo si solo tiene una nómina, ya saben ustedes que no es toda embargable, hay una parte que no la pueden tocar, y es el salario mínimo, de lo que pase de ahí hay unos porcentajes ....
Entonces, si careces de bienes a tu nombre, o solo tienes un coche, solo les queda embargar la parte de nómina que la Ley permite .... puede que embarguen el coche, pero sería raro ¿que van a hacer con él? .... con lo cual se van a encontrar que tu patrono te restará cada mes una parte de tu salario, el que la Ley permita, lo entregará al juzgado y éste al banco , por tanto si no tienes bienes a tu nombre, con juzgado incluso, se quedan cobrando a plazos !!!!
Vamos que al final van a llegar al mismo punto que si hacen un préstamo, les guste o no, pero es peor el juzgado que el préstamo, porque dicho préstamo tu lo firmas voluntariamente, no hay abogados, no hay espera a que un juez dentro de 4, 5 ó 6 meses les de la razón, y además tendrán gastos de abogado, con lo cual si te pones serio, y sigues con la copla de que no tienes otra forma de pagar que a plazos, y que eres consciente de que si te demandan judicialmente, su señoría les dará la razón, pero que llegarán exactamente al mismo punto que con un préstamo, cres que les conviene más que lo firmes voluntariamente, insisto, llegan al mismo lugar (cobrar a plazos) solo que más tarde !!!!!
TODO ESTO SOLO ES VÁLIDO SI NO TIENES UNA CASA A TU NOMBRE (POR EJEMPLO) ... Si la tienes, hay que replantear todo esto !!!!!!