Y ahora una sospecha:
Las reclamaciones en curso, en las que nos hemos apoyado en las normas, criterios e informes de años anteriores, imagina que algo de ello se ha modificado en virtud de esta publicación reciente, solo supongamos ........... ¿no utilizaran este criterio no conocido cuando se reclamó para cargarse alguna?
Al final, y ya muy en serio, lo que le ocurre al Banco de España, al menos en mi opinión, es que las prioridades las tiene claras, y la primera es la defensa del sistema, su solvencia, consecuentemente las cuentas de resultados de las entidades financieras supervisadas, etc., siendo secundario o como poco no tan prioritario la defensa del consumidor, al entender (y si tienen razón o no, ya es opinable) que sin solvencia y resultados, de poco o nada serviría la defensa del usuario, porque entidades con problemas no podrían atender a la ciudadania.
Ahora bien, entendiendo ello, repito "entendiendo", porque lo de "compartir" ya dependerá de la percepción de cada uno, no es menos cierto, que muy a menudo (demasiado a menudo) las resoluciones contra las entidades financieras, adolecen de ser muy "descafeinadas", veo poca contundencia en cualquier informe, aunque sea algún caso que digamos "clama al cielo" y el regulador también lo tiene claro, eso, el informe sigue siendo bastante "ligth".
Y luego ya la burocracia, que de un tiempo a esta parte, se ha incrementado mucho, como por ejemplo algo tan baladí como no reclamar mediante el impreso adecuado, te lo van a pedir, y como no lo mandes, ya sabes, archivada !!!!!
O solicitar copia del contrato de cuenta corriente, que no somos mayoría los ciudadanos que los conservamos ¿porqué no la piden al banco? porque resulta que la obligación de su custodia es de la entidad, o eso reza la normativa del BdE.