Absolutamente no. Si el banco exige escritura pública para amortizar, es él quien tendrá que pagar los aranceles notariales y, en su caso,registrales. De lo contrario estaríamos ante una imposición que vulnera las reglas esenciales de protección del consumidor. Ya sabemos que un banco no puede exigir suscribir un seguro de vida (sólo de incendios) y mucho menos con su "propia" aseguradora. Como dice Echeverri, al defensor del cliente, Banco de España. A partir de julio entra en vigor una norma que regula la figura del Comisionado para la defensa del cliente de servicios bancarios al que también le puedes plantear una consulta de este tipo. Saludos.