Re: Si incluyo a mi madre de titular en mi cuenta, ¿se considera donación?
El titular es el dueño del dinero que haya en la cuenta con todas sus consecuencias, tiene que dar cuenta de ello cada año al hacer la declaración de la renta. El autorizado solo es un gestor de ese dinero, por lo tanto no tiene consecuencias fiscales.
Si la cuenta está a nombre de 2 titulares, significa que cada uno es dueño de la mitad, por lo tanto cada año tendrá que declarar la mitad de la cuenta en cuestión.
Lo de ponerlo a nombre de 2 por si pasa algo, el que esté vivo vaya corriendo al banco y saque el dinero, o en todo caso antes de que pase, intuyendo que le queda poca vida, no te lo aconsejo.
Cuando una persona muere las cuentas y en general sus bienes se congelan, por decirlo de alguna manera, a la espera del testamento. Pasado los trámites testamentarios cada heredero se lleva lo suyo.
Entre la documentación que solicita Hacienda, está el pedir el saldo de sus cuentas a fecha de la muerte y un extracto de un año antes. cuando murió mi madre fue así pero pueden pedirlo hasta 4 años antes.
¿Por qué hacen esto? Para asegurarse de que no está evadiendo el impuesto de sucesiones o el de donación. Por ejemplo, si a fecha de la muerte tiene un saldo de 12.000 euros y 6 meses antes 60.000 euros, pedirán explicaciones de donde está lo que falta. Claro que a lo mejor lo ha gastado en algo perfectamente demostrable, entonces no habrá problemas. Pero si estiman que el heredero lo ha sacado antes de tiempo tendrá que pagar el impuesto de donaciones más el recargo.
Lo de pedir hasta 4 años antes es porque el delito prescribe a los 4 años.
No todas las comunidades tienen el citado impuesto pero en cualquier caso tienen que asegurarse que los bienes van a parar a donde el titular de los mismos quería que fuese y no a parar a manos de unos de los herederos que hábilmente lo saco antes.
Por último quería añadir algo. Está la figura del apoderado (autorizado con poder notarial) para todas las gestiones tantos económicas como de otra índole. En cualquier caso su gestión acaba el día del fallecimiento ni un sólo día después.
Espero haberte aclarado algo y que obres en consecuencia.
Saludos