¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?
Las cuentas corrientes inactivas son aquellas en las que escasamente realizamos movimientos, muchas veces son cuentas "de toda la vida" que luego nos trae problemas, ¿puede el banco calificar como inactiva una cuenta? ¿qué comisiones nos va a seguir cobrando el banco en a pesar de que se trate de una cuenta inactiva? ¿qué obligaciones tiene la entidad bancaria?
¿Puede calificar el banco nuestra cuenta como "inactiva"?
Una vez haya transcurrido un tiempo sin que realicemos ningún movimiento en una cuenta, el banco podrá calificarla como cuenta inactiva, pero sólo a efectos internos. Quiere decir eso que en realidad seguirá siendo una cuenta más y su estado no cambia porque le banco "le cambie el nombre" en su contabilidad interna.
Únicamente se considerará una cuenta abandonada cuando transcurran veinte años sin que se haya realizado ninguna gestión en la misma. En ese momento su saldo pasará a ser propiedad del Estado, aunque primeramente enviarán una carta para informarle de la situación al que figura como titular de la cuenta, siempre y cuando el coste del envío de esa carta no sea superior al saldo que consta en la cuenta bancaria.
¿Nos va a seguir cobrando comisiones?
Aunque no se realicen movimientos ni gestiones con la cuenta, nos seguirán cobrando comisiones de mantenimiento, si es que las tiene.
No deben cobrar más que estas comisiones de mantenimiento, que son las que se cobran simplemente por tener la cuenta abierta, pues no nos están prestando ningún servicio más al no hacer uso de la cuenta, y no tenemos que pagar por servicios no recibidos.
¿Qué debe y no debe hacer el banco cuando la cuenta está inactiva?
El banco tiene la obligación de informarnos en todo momento de los gastos que nos puede originar las cuentas es desuso, según establece la Circular del Banco de España 5/2012 en su norma quinta, apartado 4.b):
Sin perjuicio de la normativa especial que regule los saldos en presunción de abandono, facilitar a los titulares información sobre la existencia de depósitos a la vista u otros aparentemente en desuso, advirtiéndoles de que dicha situación podría generarles gastos o perjuicios.
Por otra parte, si el banco sabe, porque así se lo hemos hecho saber, que queremos cerrar la cuenta, debe informarnos adecuadamente de los gastos que en su caso tengamos que afrontar para hacerlo, tras haber dejado la cuenta a cero.
Si no nos informan correctamente se pueden dar situaciones en las que, sin tener saldo en la cuenta, nos cargen esos gastos a la misma y posteriormente nos reclamen comisiones e intereses por descubierto si ya la habíamos dejado a cero, que pueden rondar fácilmente los 60 euros aunque sólo le debamos al banco un euros.