Amortización de gastos
Tengo un local comercial alquilado y durante el año pasado me gasté en varias reparaciones 2.000.-Eur.
Al hacer la renta este año del 2.008, sé que los gastos deducibles son el 3% del valor de la construcción (amortización del bien), el IBI. Y esos 2.000.-Eur.
Pero mi pregunta es si de esos gastos los puedo amortizar el año que viene, es decir en 5 ó 10 años venideros, tal como se hace en las empresas con la maquinaria, la construcción etc., y donde los pongo?????