Pero no es solamente con el tema de las tarjetas que te pueden grabar la conversación telefónica sinó en muchos otros temas bancarios o no bancarios.
Antes cuando yo era cliente de La Caixa recuerdo que en casi todos los contratos (de depósitos, de tarjetas, de cuentas bancarias, etc.) había un apartado que decía que tanto el cliente como el banco autorizaba a la parte contraria a poder grabarse tanto de voz como en video o cualquier otro medio digital al hablar de con la parte contraria de algo relacionado con ese contrato.
Así que si el cliente de La Caixa quiere, puede ir a preguntar algo sobre alguno de esos contratos y si el cliente quiere puede llevar incluso una cámara oculta sin necesidad de perdirle permiso al banquero a ver si autoriza esa grabación.
En caso de que el cliente en lugar de acudir personalmente a la oficina quiera llamar por teléfono también podrá grabar la conversación telefónica sin necesidad de pedir permiso ni avisar al banquero que le atienda por teléfono pero tiene que ser una conversación que trate sobre algún tema de alguno de esos contratos y que dicho contrato esté firmado.
En caso de que el que nos grabe sea el banco, el cliente tiene derecho a una copia de esa grabación, eso sí previo pago aunque ahora mismo no sé lo que cobra La Caixa por este "servicio" aunque seguro que como mínimo unos 30 € o incluso 40 €
Habría que ver su libro de tarifas porque este precio seguro que cada año lo aumentan.
Me imagino que si es el banco el que le reclama una copia de la grabación al cliente (en el caso que sea el cliente el que haya grabado) éste también debería cobrarle al banco, digo yo... je je :-)