En primer lugar, respecto del fondo del caso, creo que la responsibilidad real es del titular de la tarjeta por autorizar a un tercero a recoger el plastico. Desde que tenemos la tarjeta en nuestro poder, somos los responsables de su custodia; y si autorizamos a un tercero, luego no podemos excusarnos en que ese tercero la utilice sin consentmiento expreso. Esto a nivel bancario. A nivel judicial, obviamente, la cosa puede cambiar en el sentido de que tu exchico sí puede ser responsable puesto tu sólo le autorizaste a recoger la tarjeta, no a usarla.
Ahora bien, como todo esto no tiene por qué saberlo el banco, se puede probar a ver qué sale. Ellos pediran los tickets al establecimiento y este lo aportara, con lo cual no va a tener q pagar el local de copas. Al que le toque pagar seguramente sea al banco, pero para ello, probablemente, te pidan denuncia.
Sobre el asunto de mostrar el DNI, en Europa creo que están notablemente extendidas las tarjetas con chip o EMV, por lo que igual, con la aparente mayor seguridad de estas tarjetas, se pierde (si la han tenido) la costumbre de pedir el DNI. En España creo que las entidades están "obligadas" a comercialzar este tipo de tarjetas antes de que finalice 2010 o 2011, no estoy seguro de la fecha.
Perdón por el miniladrillo.
saludos.