Acceder

Prestamo entre particulares a interés 0.

23 respuestas
Prestamo entre particulares a interés 0.
3 suscriptores
Prestamo entre particulares a interés 0.
Página
2 / 3
#9

Re: Prestamo entre particulares a interés 0.

Hola buenos dias me interesa contactar con ud ya que me interesa lo q ud propone ,por favor si todavia su oferta sigue en pie ponerse en contacto conmigo al siguiente telefono 967467000 o 676262027 a la atención de dania o andres ,nosotros estamos interesados en comprar una casa pero con las condiciones q ud dice .a la espera de su respuesta atentamente Dania.

#10

Re: Prestamo entre particulares a interés 0.

Qué pasaria si el prestatario, en este caso, el padre fallece y no hay constancia de la devolución del dinero por parte del hijo? Es un préstamo que se hizo hace 10 años y el padre falleció en 2010 y el préstamo no ha vencido, pues era a 20 años.

#11

Re: Prestamo entre particulares a interés 0.

La verdad es que sé bastante poco de testamentarias, sin embargo aplicando el sentido común creo que la solución está ahí ...... mira una herencia se compone de bienes y derechos por una parte y deudas y obligaciones por otra.... entonces el préstamo es un derecho, concretamente un "derecho de cobro" y con lo cual es un bien heredable, de la misma forma que los es una cuenta bancaria, porque un depósito bancario es una deuda que tiene el banco con el difunto (en este caso), pues esto es exactamente lo mismo ¿y la diferencia? pues el mero registro y demostración, en un banco la cosa es clara, en tu caso ya no tanto, pero si hay un contrato y el deudor no puede acreditar que lo devolvió, entiendo que el heredero del difunto puede perfectamente reclamar su pago. Y a efectos legales esto debía incluirse en la masa hereditaria, a favor de quien fuera, y si esta parte no se indicó en el testamento, supongo que dependerá del texto de dicho testamento. Pongamos un ejemplo, si la herencia es favor de tres hermanos a partes iguales, entre los que se incluye al propio deudor, pues si el préstamo era de pongamos 18.000 €, pues los otros dos hermanos tendrían derecho a cobrar 6.000 € cada uno, los otros 6, pues el beneficiario se los debería a si mismo. Si hay un heredero universal, y unos legados concretos a los demás, pues el derecho de préstamo al no estar concretado en el testamento al heredero universal. Si no hay testamento pues a los herederos legales ..... en fin si nos dices como va el testamento, tal vez podría ser mas concreto.

#12

Re: Prestamo entre particulares a interés 0.

En este caso el que recibió el préstamo es a la vez heredero junto con sus hermanos pero éstos no van a reclamarle nada. Digamos que aunque legalmente la herencia está repartida a partes iguales, a efectos prácticos todos los hermanos comparten la herencia al 100%. Al morir el padre, ¿en que situación legal está ese préstamo? y de cada a Hacienda, como el hermano que lo recibió no lo se declaró en el Imp.Sucesiones...

#13

Re: Prestamo entre particulares a interés 0.

1 - Lo que afecta a la herencia todos los hermanos sois herederos de este derecho (es un bien como otro cualquiera) si el préstamo es de 30.000 € y sois tres hermanos recibís 10.000 € cada uno, el deudor también, y habría que ir a notario a efectuar una modificación de la aceptación de herencia.

2 - Situación legal: Tu hermano os debe el dinero a vosotros, los herederos, y una parte se la debe a si mismo, porque es también heredero.

3 - Hacienda: Habría que liquidar los impuestos hereditarios del total del préstamo, la parte de tu hermano también, es como recibir un dinero bancario, se pagan impuestos, este préstamo es como cualquier otro bien o derecho, y se liquidarían sobre el total, con independencia de quien lo reciba o si uno de ellos es el mismo deudor.

#14

Re: Prestamo entre particulares a interés 0.

Gracias W.Petersen por la respuesta.

#15

Re: Prestamo entre particulares a interés 0.

Hola, estoy buscando porque tengo la pregunta de si en el caso de hacer un contrato entre particulares lo tienes que especificar al hacer la declaracion de la renta?. Gracias por la ayuda, buscando no consegi contestarme esta pregunta

#16

Re: Prestamo entre particulares a interés 0.

Si no hay liquidación de intereses no, pero si el acreedor está obligado a presentar la declaración de patrimonio, entonces tendrá que incluirlo como un derecho de cobro (el capital)