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Comisión por ingreso de Cheque de la U.E.

4 respuestas
Comisión por ingreso de Cheque de la U.E.
Comisión por ingreso de Cheque de la U.E.
#1

Comisión por ingreso de Cheque de la U.E.

Hola a todos y todas.

Me han enviado un cheque en euros desde Bélgica del BNP Paribas. Es un cheque nominativo. Por su ingreso me cobran como cualquier otro cheque o talón de extranjero y en divisas (0,40%).

Un par de preguntas:
¿Siendo en euros se aplica la tarifa de extranjero?
¿Es barato o cara la tarifa?

Gracias por contestar.

Un cordial saludo.

#2

Re: Comisión por ingreso de Cheque de la U.E.

1.El que este nominado en euros no quiere decir que no se le aplique la tarifa de extranjero. Eso lo marca la residencia o no residencia del emisor del cheque en Territorio Español. Esta claro que no es asi...

2. La tarifa que me dice me parece carita, pero he visto cosas asi. Me queda la duda de si cumple una normativa sobre pagos transfonterizos en la UE, pero creo que se aplicaba a pequeñas cantidades....

#3

Re: Legislación Europea

Muchas gracias por tu respuesta.

He oído hablar de una legislación europea sobre las comisiones en transferencias dentro de la UE para asimilarlas con las internas de cada pais. ¿Sabéis si existe algo parecido o en proyecto para los cheques intracomunitarios?

#4

Re: Legislación Europea de pagos transfronterizos

Uffffffffff no es mi especialidad. De todos modos, esa legislacion a la que haces referencia es denominada de "pagos transfronterizos" busca por ahi a ver que encuentras, porque de lo que no estoy seguro es que afecte solo a transferencias...

suerte

#5

Re: Gracias Echevarri, ya tengo queja al Banco

Reglamento (CE) nº 2560/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2001, sobre los pagos transfronterizos en euros [Diario Oficial L 344 de 28.12.2001].

Mientras que la Directiva 97/5/CE sólo concierne a las «transferencias» transfronterizas, el Reglamento se aplica de forma más general a los «pagos» de importe inferior a 50 000 euros (excepto a las transacciones entre establecimientos bancarios por cuenta propia) y por lo tanto a las operaciones efectuadas por tarjeta.

De acuerdo con el mismo, los gastos de las transacciones en euros en el mercado interior serán iguales para los pagos que atraviesen una frontera que para los que tienen lugar dentro de un Estado miembro. Los gastos bancarios para los pagos en euros por tarjeta, cajero automático, cheque o transferencia siguen siendo elevados y muy superiores a los aplicados a los pagos nacionales. Esta disposición se aplica desde el 1 de julio del 2002 a los pagos por tarjeta y a la retirada de dinero en cajeros automáticos y, a partir del 1 de julio del 2003, a las transferencias y cheques. Este plazo suplementario de un año debe permitir la automatización completa de las redes interbancarias.

Los clientes deberán ser informados correctamente con anterioridad de los gastos que deberán pagar en caso de transferencia transfronteriza y de cualquier cambio de tarifas.

Deberán utilizarse obligatoriamente los códigos internacionales ISO: el número internacional de cuenta bancaria (IBAN) y el código de identificación del banco (BIC) para permitir un tratamiento totalmente automatizado de las transferencias por parte de los bancos.

http://europa.eu.int/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=Regulation&an_doc=2001&nu_doc=2560