A ver, he visto que dicen que es un delito por apropiación indebida, si seguimos por ese camino, se sumarían varios delitos más por la cantidad de dinero, estafa... Ahora bien, estamos ante una actuación de un familiar, en este caso descendiente, que hace que no se pueda aplicar el Código Penal en ningún momento, es decir, tendríamos que recurrir al Código Civil para guiarnos en el caso.
Se nos plantea otro problema, se parte de que estos casos partiendo de la buena fe y la confianza que tu abuela tiene en tus tíos y tu madre y viceversa, por lo que es muy difícil de demostrar tal hecho porque se ha depositado en ellos la posibilidad de extraer el dinero de esa cuenta. ¿Qué pasa ahora? Pues mira, tengo un caso similar al tuyo pero con la diferencia de que en mi caso es un ascendiente el que ha sustraído de la cuenta como autorizada 68.000€ de un hijo con 26 años que lleva trabajando desde que tiene la posibilidad y ahorrando para independizarse sin tener los ascendentes ninguna dificultad económica para afrontar gastos ordinarios o extraordinarios. Siendo similar caso te digo que la única opción es recopilar todas las pruebas posibles, demostrar que han sido ellos los que han sacado el dinero y demás pruebas correspondientes y presentarlo para que un juez determine una indemnización teniendo en cuenta todos los factores.
Espero que te sirva de ayuda.