No sé a qué te estás refiriendo con el cheque regalo.
Si por ejemplo un banco te da un cheque regalo para comprar y descontar de lo que compres en una tienda determinada, ¿no se podría considerar como un simple descuento que la tienda te hace y no tener que tributar por ello?
Si un banco te hace un determinado regalo, en mi opinión debería tener su oportuna retención y hasta ahora siempre se había hecho así con televisores, ordenadores, relojes, las gafas que tu citas.
Pero no estaría demás que el banco en cuestión junto al regalo que te da, te facilitara un escrito con la valoración del mismo y con las retenciones e ingresos a cuenta que te ha realizado para que luego el cliente no tenga problemas a la hora de declararlo.
Un saludo.