Buenas, estaba surfeando y por casualidad he topado con tu post. Solo comentar que como cliente asiduo de tarjetas y metodos electronicos de pago diversos, y Como usuario de las plataformas de pago, tengo que decir que su uso por mi parte es por comodidad, para no llevar dinero , o poderlo gestionar todo desde el movil u ordenador; y mi expectativa al respecto es que yo, como cliente de un establecimiento, pueda pagar todo lo que compro con ella, en el medio aceptado por el comercio , y en base a la liquidez disponible en el mismo metodo de pago ( cuenta monedero, paypal, bitcoins, .....).
Desde mi punto de vista, el medio de pago es un medio en la captación de clientela potencial por parte del comercio, en base a la comodidad dineraria del mismo cliente, pero no por ello ha de ser un condicionante dl mismo. Si un propietario cree que el cobro de comisiones de la plataforma de pago es injusto, pues que no acepte el medio de pago en cuestion, o que en su defecto aumente y repercuta la comisión a los precios de los mismos para no generar perdidas. El comercio verá si pierde o gana clientes según la aceptación que tenga su estrategia de cobro.
Pero lo que no parece tácito, es condicionar a un cliente de forma economica, una vez a consumido, cuando la ley establece claramente los parametros de cuando y como se puede proceder a exigir un importe mínimo en la utilización de un medio de pago.
En mi caso, si veo el letrero del importe mínimo, decidiré que hacer. Si una vez consumido o a la hora de pagar en caja , se me exige un importe mínimo en metálico sin haber existido preaviso por parte del comercio de importe mínimo pedire hoja de reclamaciones según proceda a ser producto/Servicio consumido o por consumir.
Creo que es importante no olvidar que es el cliente quien compra y da el dinero a cambio,y que es ese dinero lo que todo el mundo quiere, por otro lado el comercio intenta cubrir una necesidad a a cambio de ese dinero esperado.