Decir que no tiene beneficios fiscales no es cierto del todo. Intentaré enrollarme poco... y al final de este mensaje espero darte mi opinión a tu pregunta.
En un principio el rendimiento que obtengas (capital del rescate menos primas pagadas) tributa en la base del ahorro. Pero es un seguro contratado antes del 31.12.1994, por tanto cuando rescates, la compañía aseguradora tendrá que hacer cálculos, para hallar la rentabilidad de cada una de las primas pagadas y hay que tener en cuenta:
- A los rendimientos hasta el 20.01.2006 de las primas pagadas antes del 31.12.1994 les son de aplicación los coeficientes de abatimiento, a razón de un 14,28% por año de antigüedad hasta ese 31.12.1994, redondeado por exceso, es decir, 14,28% si las primas se pagaron en 1994, 28,56% si se pagaron en 1993... La aplicación de esos coefientes de abatimiento sobre ese rendimiento hasta 20.01.2006 nos da un rendimiento no sujeto al irpf. Esto te lo deben de considerar a la hora de calcular las retenciones.
- A los rendimientos desde el pago hasta el momento del rescate de las primas pagadas el 31.12.1994 y con posterioridad a dicha fecha, con la legislación anterior a la actual les resultaban de aplicación unos coeficientes reductores, del 40% cuando la antigüedad de la prima (en el momento del rescate) fuese superior a 2 años y del 75% si la antigüedad de la prima era superior a 5 años. Estas reducciones han desaparecido, pero se mantiene un régimen transitorio para los contratos de seguro firmados antes del 20.01.2006, para las primas pagadas antes de esta fecha y para las primas posteriores previstas en contrato, creando una compensación fiscal de tal forma que se tributa como si la Ley no se hubiese modificado. La compañía aseguradora está obligada a informarte de la reducción a la que habrías tenido derecho de no haberse modificado la Ley.
Dicho lo anterior, mi opinión a tu pregunta, estos seguros normalmente ofrecen las mayores rentabilidades en los últimos años. Creo que debes de solicitar tu valor de rescate en estos momentos, y ver la póliza, ver cuánto te queda por pagar, y ver cuáles son tus rescates con esos pagos que te quedan por realizar...
Así por poner un ejemplo. Supón que te dan un valor de rescate de 20.000 euros, que te quedan por pagar 900 euros y que pagando esos 900 euros tu rescate en póliza es de 23.000 euros...
En función de cómo salgan esos números y de las posibles ofertas, decide... y la ventaja fiscal considéralo como algo marginal, aunque algo a tener en cuenta.
Saludos.