Gracias por la aclaración. Muy mal por los pimientos y esa mala explicación. Bueno es saberlo para obrar en consecuencia.
Aprovechando tu respuesta he leído por encima el Real Decreto Legislativo 1/2007 en lo referente a plazos y garantías y me ha sorprendido encontrar
" Artículo 120. Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto.
La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:
a) Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales."
lo que está en contradicción con lo que suele indicarse en las condiciones de las web, al menos en las que he comprado.
Salu2