Supongo que podrá cambiarse el interés en cualquier momento, una vez notificada la modificación según contemple el contrato y con la antelación que la normativa establece... no? ¿O es que os han dado por escrito -en el contrato y/o en las bases legales- un plazo?
Hombre, un poquito de seriedad a la hora de "vender la moto", eh... ya suena a comerciales colocando tarifas de móvil "para siempre" xD
Saludos
Buenas tardes
Antss,
De este tema ya se ha hablado hace poco por el hilo pero conviene dejarlo claro.
Actualmente la cuenta ofrece el 1% TAE de manera indefinida pero esto está sujeto a cambio en el momento que la entidad lo considere. Tanto para mejor como para peor. Tan solo tienen que avisar del cambio de condiciones con la antelación y el plazo legal establecido (dos meses).
Ahora mismo es la cuenta remunerada sin comisiones ni requisitos que mayor interés ofrece en España.
Puede resultar interesante para muchas personas (yo incluida). Pero si llegado el caso modifican las condiciones y deja de serlo tan solo hay que cerrar la cuenta y llevarse los bártulos a otro sitio. No hay compromiso ninguno. Mientras tanto, se pueden beneficiar de lo que ofrece.
Un saludo.