Emitir una transferencia codificada como nomina no tiene absolutamente ninguna implicación fiscal (por el hecho de ser emitida como nómina en lugar de hacerlo como transferencia corriente).
No estás contratando a la otra persona, ni declarando modelos 111, ni cotizando a la seguridad social, ni nada.
Emitir una transferencias con una codificación determinada, no tiene implicación con hacienda respecto al código empleado; eso solo concierne a los dos bancos, emisor y receptor.
Hacienda solo podrá decir algo de los importes de las transferencias si son a distinta persona y desea empezar a tocar las narices con temas de donación. Pero eso de igual forma con una transferencia nómina que con una estándar.
Que a veces nos volvemos locos y alguno piensa que está pagando nominas a "empleados" por el mero hecho de hacer "tintos".
Saludos