Re: Ayuda: Comisiones de Banesto
Lo de la tele no sé, pero esas comisiones son ilegales en el 99% de los casos de cómo las cobran, y comisión que se reclama, comisión que devuelven
Lo de la tele no sé, pero esas comisiones son ilegales en el 99% de los casos de cómo las cobran, y comisión que se reclama, comisión que devuelven
"...35 euros, por un movimiento que aparece reflejado con el nombre de "EJECUCIÓN",
Más que una comisión por descubierto, parece algún tipo de embargo (de tráfico, Hacienda, Seg.Social o Ayuntamiento), y que casualmente ha entrado el día que devolviste el recibo. Comprueba que no tengas ningún tipo de multa o impuesto pendiente, tanto tú personalmente como cualquier otro titular de la cuenta.
Y dale un vistazo al instructivo hilo que indica PedroVera.
S2
Bueno puse la reclamación en la oficina y me han devuelto el dinero de 2 comisiones por posiciones deudoras, lo de ejecución era un embargo del ayuntamiento por otra historia... bueno use este borrador para hacer la reclamación, a ver si a alguien le vale, a mi no me ha hecho falta escalar la reclamación, supongo que para ellos 45€ no merece el problema de una reclamación, este es el borrador lo encontré en un blog:
"Estimados señores.
Escribo esta carta al objeto de reclamar la devolución de las siguientes comisiones cobradas indebidamente y que detallo a continuación; Gastos de reclamación de saldo deudor: cobrados de forma periódica desde la apertura de la cuenta, por diversos importes, siendo el último de 30 euros. Entiendo que dichas comisiones no se corresponden con un servicio efectivamente prestado (norma tercera de la circular 8/1990 del Banco de España) ya que dicho descubierto se regularizaron sin que mediara reclamación alguna por su entidad más allá del cargo en cuenta de los controvertidos “gastos de reclamación".- Por otro lado, se produce una doble penalización por el mismo hecho, ya que al cobro de un interés de demora con un recargo excepcional precisamente por el hecho de estar la cuenta en descubierto, se suma el de los mencionados “Gastos de reclamación de saldo deudor”. Además, mi cuenta se trata de una cuenta personal, y el cobro de esta comisión, (que no gastos pues no están justificados por ninguna contraprestación o actividad), suponen una elevación del TAE muy por encima de lo establecido en la Ley de Crédito al Consumo de 7/1995 de 23 de Marzo, ya que se supera ampliamente el interés de 2,5 veces el legal del dinero.
En el concepto de los “Gastos de reclamación de saldo deudor”, se entiende que el “gasto” de reclamación de posición deudora será exigible por cada posición deudora y reclamada. Con independencia de otros razonamientos al respecto, les agradecería que me hicieran llegar los comprobantes de las acciones realizadas por la sucursal al objeto de reclamar dicha deuda.
Aprovecho para recordarles que si dicho gasto no puede ser justificado por su entidad pasaría a considerarse como “comisión”, vulnerando la Ley 7/1995.
Finalmente, esta comisión puede y debe estar registrada ante el Banco de España, pero eso no significa que esta entidad controle “a priori” su aplicabilidad. En repetidas ocasiones el Banco de España ha dictaminado en contra de la aplicación indebida de comisiones previamente registradas ante el mismo.
Les agradeceré que me contesten en el plazo de 2 meses estipulado por la normativa del Banco de España, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar mi reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva. Comprendo que la cantidad que reclamo no es muy importante pero no duden que, en el caso de que el dictamen del Banco de España me sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia de Madrid, por lo que considero una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad.
Les comunico que dado mi limitado conocimiento de la normativa bancaria he requerido los servicios de la Asociación para la Defensa de Clientes de Entidades Financieras (ADECEF), cuyos gastos de asesoramiento legal incluiré en la demanda. (En este caso sí se tratará de “gastos” y no de comisiones, ya que verdaderamente se prestará un servicio, en este caso de defensa de los derechos de los consumidores)
Un saludo,"
En mi caso, la cancelación de una cuenta BANESTO, mes de abril 2010, nada mas y nada menos, que 20€.
Quien tenga dudas a la hora de abrir una cuenta en dicha entidad....que se lo piense.
Intentaré añadir copia de la cancelación, para que lo puedan comprobar.
Llamé el 900 del servicio de atención al cliente, por si se trataba de un error, pero al parecer, es correcto.
HOLA Maurs
yo estoy en una de esas por cancelacion de cuenta pero esta estaba asociada a un personal que ya lo he liquidado pero me la quieren cobrar ¿era ese tambien tú caso?
En otro orden de cosas yo postee un dia una recuperacion de comisiones contra BANESTO y aqui dejo el link por si puede interesar
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/502996-comision-recuperadas-como-hice
saludos sin ningun tipo de comisiones